El Préstamo Solidario para la Clase Media, otra medida promulgada por el Gobierno para combatir los efectos de la crisis sanitaria, apunta a personas naturales y empresarios individuales que hayan visto una disminución de al menos un 10% en sus ingresos promedio entre el segundo semestre 2020 y el mismo periodo de 2019.

El préstamo puede ser solicitado en un máximo de tres ocasiones, pero si la trabajadora o trabajador fue beneficiado con el Bono Clase Media 2021 podrá pedirlo solo en dos oportunidades. 

Es importante considerar que se podrá solicitar entre el 8 y el último día de cada mes, entre mayo y octubre del 2021 en el sitio del Servicio de Impuestos Internos (SII). 

Para acceder al beneficio, las personas deben cumplir con los siguientes requisitos:

-Tener un ingreso promedio mensual en 2019, mayor a $298.833 (al 31 de diciembre de 2019), equivalente a $311.934 a abril de 2021.

-Registrar una disminución de un 10% o más en los ingresos del segundo semestre de 2020, en comparación con el mismo periodo de 2019.

-No tener montos pendientes de restitución por haber obtenido indebidamente el Aporte Fiscal 2020.

-También pueden acceder pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia que reciban un monto igual o inferior a $408.125.

La Tesorería General de la República tiene un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud, para otorgar el Préstamo Solidario y el monto será depositado por transferencia bancaria en una cuenta personal o pago por caja en BancoEstado.

Pasos para solicitar el préstamo: 

El o la usuaria debe ingresar al sitio del SII, dirigirse a “Préstamo Solidario del Estado” y hacer click en “ingresa aquí”. Luego deberá seleccionar "solicitar y consultar estado del Préstamo Solidario".

El portal le pedirá acceder con RUT y Clave Tributaria del SII o con Clave Única.

Devolución del préstamo: 

Las persona deberán devolver la totalidad del dinero solicitado a partir del año 2023 sin multas ni intereses. Se podrá hacer en cuatro cuotas anuales y sucesivas. La primera corresponderá al 10% del monto del préstamo obtenido y las tres restantes serán del 30% del beneficio, estas no deben exceder el 5% de los ingresos anuales. 

Este monto se cobrará en 4 cuotas anuales, reajustadas de acuerdo al IPC:
Cuota 1, 2023: 10% del beneficio.
Cuota 2, 2024: 30% del beneficio.
Cuota 3, 2025: 30% del beneficio.
Cuota 4, 2026: 30% del beneficio.

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