El Subsidio Maternal es un beneficio que entrega un monto en dinero que se paga en reemplazo de la renta de la trabajadora o trabajador, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la ley y tengan derecho a la licencia médica (descanso).

Este beneficio se entrega a partir del quinto mes de embarazo, pero se pagará retroactivamente por todo el periodo gestante. Asimismo, está dirigido a las familias que pertenezcan al 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cuáles son las licencias médicas que deben tener para acceder al Subsidio Maternal?

Las trabajadoras deben tener derecho a estas licencias médicas:

- Prenatal y prenatal suplementario.

- Postnatal y postnatal prolongado.

- Postnatal parental.

- Permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.

¿A quién va dirigido el Subsidio Maternal?

Trabajadoras dependientes, del sector privado o público, que tengan:

- Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.

- Tres meses de cotizaciones (90 días) dentro de los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la licencia médica.

- Contrato de trabajo vigente.

Las trabajadoras dependientes del sector público tienen derecho a todos los descansos y permisos. Durante este período tienen derecho a la mantención del sueldo, no al subsidio, siempre y cuando se mantenga vigente la relación laboral.

Trabajadoras dependientes, con contratos por día, turnos o jornadas, que tengan:

- Seis meses de afiliación previsional (AFP) antes del día de inicio de la licencia.

- 30 días de cotizaciones (continuas o discontinuas) dentro de los 180 días anteriores al inicio de la licencia médica.

- Contrato de trabajo vigente.

Trabajadoras independientes voluntarias que tengan:

- 12 meses de afiliación previsional (AFP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.

- Seis meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del período de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes en que se comenzó la licencia.

- Al día el pago de sus cotizaciones, es decir, pagaron la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se empiece la licencia médica.

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