El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio destinado a todas las personas pertenecientes al 60% más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).

Respecto al monto que entrega el subsidio es equivalente a $16.418 por carga familiar, mientraas que para personas discapacitadas el valor se dobla a $32.836.

¿Qué personas son beneficiarias?

Aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas o en conjunto a la mantención del grupo familiar:

- La madre o el padre.

- Guardadores o personas que tomen a cargo el cuidado de los menores. 

- Personas que tengan a su cargo a otras con discapacidad intelectual o invalidez.

- Embarazadas, como Subsidio Maternal.

Así también, son causantes del beneficiario las siguientes personas: 

- Menores de edad hasta los 18 años, participantes de programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no perciban renta igual o superior al valor del SUF. 

- Para los niños con más de 6 años, se debe acreditar que están estudiando en algún establecimiento educacional de enseñanza básica, media o superior. 

- La personas con discapacidad no deben acreditar estudios. 

- Tengan una discapacidad intelectual referente a la ley N°18.600, de cualquier edad y que no sea beneficiario de Pensión Básica Solidaria de Invalidez.

- Personas que estén en situación de discapacidad a cualquier edad. 

Por otro lado, las madres de menores que vivan a sus expensas recibirán el dinero del SUF de sus hijos y las mujeres embarazadas podrán postular al Subsidio Maternal. 

El trámite no tiene costo y se realiza directamente en la oficina de municipio correspondiente al domicilio de la persona postulante. Donde deberá llevar los documentos solicitados por la municipalidad, que pueden incluir los siguientes:

- Certificado de nacimiento del o la menor.

- Fotocopia del carne control de niño sano al día, esto para los menores de 6 años. 

- Fotocopia de la cédula de identidad de la madre postulante al Subsidio Maternal.

- Documento que acredite a los integrantes con discapacidad. 

- Tratándose de menores de edad deberán acreditar la calidad de guardador. 

 

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