Desde este viernes al próximo lunes 19 se celebrarán las Fiestas Patrias en nuestro país, lo que trae consigo una serie de modificaciones en el funcionamiento del comercio.

Este 18 y 19 de septiembre serán feriados irrenunciables, por lo que los supermercados y centros comerciales deberán cerrar sus puertas, aunque hay ciertas excepciones.

De acuerdo al artículo 2 de la Ley 19.973, los días 1 de enero, 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre serán feriados obligatorios e irrenunciables para todas las dependencias del comercio.

Pese a esto, podrán abrir "aquellos que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados"

"Tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria", señala el artículo.

De esta forma, podrán atender a público los restaurantes, establecimientos de entretenimiento, clubes, aeropuertos, casinos de juego, locales de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de turno.

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