El Aguinaldo de Navidad es un beneficio otorgado por el Estado que entrega un aporte económico una vez al año en el mes de diciembre. Este apoyo monetario va dirigido a todos los y las pensionadas que cumplan con los requisitos establecidos en la ley.

Este año, el monto beneficiario es de $25.150 por cada pensionado o pensionada, apoyo que podrá aumentarse en $14.209 por cada carga familiar acreditada al 30 de noviembre de 2022.

¿Quiénes tienen derecho al Aguinaldo de Navidad?

Todos los pensionados o pensionadas que tengan vigente al 30 de noviembre del año en curso algunas de las calidades a continuación: 

- Pensionados de las ex Cajas de Previsión y del ex Servicio del Seguro Social (INP, actualmente IPS).

- Beneficiarios/as de la Pensión Garantizada Universal que, previo a la entrada en vigencia de esta ley, hayan sido beneficiarios de una pensión básica solidaria de vejez.

- Beneficiarios/as de la Pensión Garantizada Universal que, previo a la entrada en vigencia de esta ley se encontraban percibiendo el aporte previsional solidario de vejez.

- Pensionados del sistema establecido en el decreto de ley N°3.500 de 1980 (AFP y Compañías de Seguro), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con Garantía Estatal. 

- Beneficiarios/as de la Pensión Garantizada Universal, por cumplir los requisitos. 

- Beneficiarios/as de una pensión Básica Solidaria de Invalidez.

- Pensionados/as de AFP o compañías de seguro con Aporte Previsional Solidario de Invalidez.

- Pensionados/as del Instituto de Seguridad Laboral.

- Pensionados/as de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.

- Pensionados/as de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N°16.744.

-Pensionados/as de reparación: Ley N°19.123 (Rettig) y Ley N°19.992 (Valech).

- Beneficiarios/as de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley N°19.129, artículo 11).

- Beneficiarios/as del Subsidio por Discapacidad Mental.

Cabe destacar que cada persona beneficiaria tiene derecho a solo un aguinaldo, aunque tenga el beneficio de una o más pensiones.

¿Cómo y dónde cobrar el Aguinaldo?

- El pago del aguinaldo se incluye en la pensión mensual, por lo que no se deben hacer trámites para obtener el apoyo monetario del Estado. 

- En el caso de los pensionados del IPS, las personas que cobran el beneficio de forma presencial recibirán el pago en el local de pago habitual. 

- Para los pensionados de AFP, la entidad previsional debe hacerse cargo de entregar la pensión mensual.

En caso de inquietud por no poder recibir el beneficio y si cumplir con todos los requisitos dirigirse a la sucursal del IPS más cercana al domicilio del solicitante o a la entidad de AFP y compañías de seguro de la que forma parte. 

Para resolver dudas ingresar a www.ips.gob.cl o llamar al 101.

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