A pesar de haber retornado de las vacaciones, hay algunos trabajores que prefieren esperar que pasen los primeros meses del año para luego tomarse vacaciones en temporada baja donde los precios son más convenientes. 

En cualquiera de los casos, se le recomienda a los trabajadores revisar los derechos que contempla el Código del Trabajo, donde se expresa específicamente el denominado feriado progresivo o vacaciones progresivas.

En los siguientes casos corresponden más días de vacaciones:

El feriado progresivo consiste en "El derecho de todo trabajador a sumar un día de vacaciones, por cada tres nuevos años trabajados para su actual empleador", la condición previa es que la persona ya tenga diez años trabajados, osea, 120 cotizaciones previsionales registradas. 

En otras palabras, es requisito que la persona tenga una carrera laboral de mínimo diez años, ya sea en la institución o empresa "A", "B" o "C", porque lo importante es que tenga cotizaciones. Una vez que cumpla la década trabajando, con su actual empleador deberá permanecer obrando tres años para obtener un día adicional de descanso.

¿Cómo podrían perderse los feriados progresivos?

Primero, la Dirección del Trabajo indica que "los días de feriado progresivo se agregan de forma permanente al feriado anual del trabajador, incrementándose en un día cada tres nuevos años, siempre que no cambie de empleador".

En el caso de que la persona se cambie de empresa o lugar de trabajo, perderá los días de vacaciones progresivas; es decir, tendrá que reiniciar los tres años exigidos desde cero. "El tiempo laborado solo le servirá para completar la base de diez años ante el nuevo empleador", expone la DT.

"Solo al cumplir tres años de antigüedad con el nuevo empleador volverá a tener derecho a un primer día de feriado progresivo", concluye el organismo en su plataforma.

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