Una sensible situación económica atraviesa el país, algo que se vio reflejado en el último informe del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), donde la tasa de desempleo llegó a 8,5%.
Ante el alto número de personas cesantes, el Gobierno dispone de diferentes ayudas y beneficios para apoyarlas mientras encuentran una fuente laboral.
Son cinco los aportes económicos que entrega el Estado, para los cuales es necesario cumplir con ciertos requisitos y realizar la solicitud correspondiente.
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio que protege a los trabajadores y trabajadoras afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), en caso de quedar sin empleo.
Este aporte se subsidia con el descuento que se efectúa mensualmente a la remuneración imponible de cada trabajador. Este monto va directamente a una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), desde donde se podrá retirar al estar cesante.
Todos los afiliados pueden acceder a este aporte, sin importar si contaba con un contrato indefinido, a plazo fijo, por obra o por servicios. Por lo que solo se debe estar sin empleo y haber contado con un mínimo de cotizaciones.
Se puede solicitar directamente en las oficinas de la AFC o mediente su sitio web.
Subsidio de Cesantía
Se entrega a las personas cesantes que no cumplan con los requisitos para el Seguro de Cesantía.
Es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación, por un período de hasta 360 días. Además, da derecho a recibir asistencia médica gratuita, recibir la Asignación Familiar y/o Maternal y Asignación por muerte.
Debe ser solicitado al IPS o caja de compensación, de acuerdo a la institución donde está la persona.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es entregado a quienes no cuenten con dinero en sus fondos del Seguro de Cesantía.
Esta ayuda económica reúne aportes tanto del empleador como del Estado para entregar apoyo a las personas cesantes.
Para solicitarlo es necesario estar afiliado en la Administradora, tener recursos insuficientes en su CIC, tener al menos 12 cotizaciones pagadas en los 24 meses anteriores al despido y cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Vencimiento del plazo convenio.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
- Necesidades de la empresa.
- Quiebra del empleador.
Debe solicitar el beneficio en las oficinas de la AFC o en su sitio web y tener una cuenta activa en la Bolsa Nacional de Empleo.
Bolsa Nacional de Empleo
La Bolsa Nacional de Empleo (BNE) es una plataforma virtual que permite buscar nuevas oportunidades laborales, tanto en el sector privado como público.
La inscripción es gratuita y está disponible para cualquier persona mayor de edad en el sitio web de la BNE, ya sea con Clave Única o creando alguna.
Indemnización por término de contrato
Los trabajadores que queden desempleados pueden cobrar una indemnización por término de contrato. Esto complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.
Debe solicitarse en la AFP, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.