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Revisa cuándo se entregarán los pagos pendientes del Ingreso Familiar de Emergencia

  • Por Mega.cl
Revisa cuándo se entregarán los pagos pendientes del Ingreso Familiar de Emergencia

Este jueves 29 de octubre el Gobierno anunció el sexto y último pago del Ingreso Familiar de Emergencia, beneficio dirigido a aquellas personas que vieron reducidos sus ingresos debido a la pandemia por coronavirus.

PAGOS PENDIENTES

Sin embargo algunos postulantes aun tienen pagos pendientes de aportes anteriores, por lo cual ChileAtiende se refirió a las dudas a través de Twitter confirmado que desde este 29 de octubre comenzó este trámite.

Pero no fue lo único que se reportó, ya que ante la consulta de por qué muchos aún no reciben esos pagos, se explicó que la fecha se extendió hasta el próximo martes 3 de noviembre.

SEXTO PAGO

De acuerdo a lo anunciado por el Gobierno, el sexto pago del IFE asciende $55.000. Por lo tanto, un grupo familiar de cuatro integrantes recibirá un total de $220.000.

FECHAS IMPORTANTES

El calendario es el siguiente: 

- Transferencia a cuenta RUT: Del 29 de octubre al 4 de noviembre

- Pago presencial: Del 2 al 23 de noviembre

- Depósitos en cuentas de otros bancos: 4 de noviembre

- Pagos pendientes de aportes anteriores: del 29 de octubre al 3 de noviembre

¿CÓMO SABER SI ME CORRESPONDE EL SEXTO PAGO?

Para revisar si te corresponde el beneficio, debes verificar si perteneces a uno de estos tres grupos:

Primer grupo

- Hogares en que todos los integrantes mayores de edad no tengan ingresos formales y que tengan Registro Social de Hogares.

Segundo grupo

- Hogares en que sus integrantes mayores de edad perciban ingresos principalmente informales, y sus ingresos formales no superan el aporte que recibirían si estuviera en el primer grupo. Deben tener Registro Social de Hogares.

Tercer grupo 

- Hogares que tengan Registro Social de Hogares y en que al menos uno de sus integrantes debe: Tener 65 años o más de edad y ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez.

- Ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez.

- Ser beneficiario del Aporte Previsional Solidario (APS), siempre que la pensión completa que reciban (incluyendo el APS), sea igual o inferior a lo que reciben los beneficiarios de PBSV del mismo tramo de edad.

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