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Aprueban en general proyecto de retiro del 10% del Gobierno

  • Por Mega.cl
Aprueban en general proyecto de retiro del 10% del Gobierno

La comisión conjunta de Hacienda y Trabajo del Senado aprobó la idea de legislar sobre el proyecto de retiro del 10% presentado por el Gobierno. Durante la tarde se votará en particular. La iniciativa tuvo cuatro votos a favor de los senadores Rodrigo Galilea, José García Ruminot (RN), Jacqueline van Rysselberghe y Ena Von Baer (UDI). 

De acuerdo al reglamento, las abstenciones se sumaron a la posición que obtuvo mayoría de votos, lo que dio como resultado que el proyecto avanzara en su tramitación. Cabe señalar, que tras ser aprobada en general la iniciativa, durante la tarde, entre las 14:00 y las 16:00 horas, los miembros de la comisión votarán en particular cada uno de los artículos del proyecto, tras lo cual será despachado a Sala.

Durante la sesión, en la que participó el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, señaló que "la reforma constitucional crea una inexplicable exención tributaria de las personas de más ingresos. Es moralmente inaceptable. Nuestro proyecto corrige aquello, no estamos creando una exención. Les pido que tengamos ese ejemplo en la retina”.

El proyecto fija como retiro mínimo la cantidad equivalente a 35 Unidades de Fomento (UF) y máximo a 100 UF. Si el saldo acumulado es inferior a la cifra mínima, se autoriza el retiro de la totalidad de fondos.

La iniciativa del Gobierno limita el acceso al retiro de los fondos, indicando que las siguientes personas no podrán solicitarlo:

- Quienes a la fecha de solicitar el retiro tengan cotizaciones previsionales declaradas en el mes inmediatamente anterior a la solicitud y cuyas remuneraciones sean iguales o superiores a 100 UF.

- Las personas cuyas rentas o remuneraciones se regulen de conformidad al artículo 38 bis de la Constitución Política de la República.

La entrega de los fondos se realizará en dos partes: la primera en un plazo de 60 días hábiles desde la fecha de presentación de solicitud y, el segundo, en un plazo de 10 días hábiles desde el primer pago.

Estos periodos son máximos, lo que permitirá proteger la estabilidad de los fondos y precaver perjuicios a los ahorros de todos los afiliados, de quienes retiren y de quienes no lo hagan. El documento del Ejecutivo constituye renta para todos los efectos legales, es decir, paga impuestos según los ingresos del afiliado.

Se establece un reintegro obligatorio para quienes retiren sus fondos a través de una cotización adicional que deberá determinar la Superintendencia de Pensiones, según la tasa de cotización adicional correspondiente considerando los parámetros de comportamiento del mercado laboral y el perfil de cada afiliado. Además, deberá determinar la temporalidad del reintegro.

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