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Estos son los pasos a seguir para hacer efectiva la solicitud del segundo retiro del 10%

  • Por Mega.cl
Estos son los pasos a seguir para hacer efectiva la solicitud del segundo retiro del 10%

La Asociación de Fondos Previsionales (AFP) informó a través de un instructivo cuáles serán los pasos a seguir para hacer efectiva la solicitud del segundo retiro del 10% de los afiliados al sistema de pensiones. Esto luego de ser despachado por el Senado el proyecto del Gobierno que está a la espera de promulgarse como ley. 

De igual forma que en el primer retiro, la entidad comunicó que "para mantener el cuidado sanitario y evitar las aglomeraciones en las sucursales de las administradoras. El proceso priorizará los canales digitales para ingresar las solicitudes".

Sitio oficial del proceso: Mi10afp.cl será el sitio oficial de las administradoras de fondos de pensiones para entregar toda la información del proceso a los afiliados.

Podrán solicitar el retiro los afiliados y afiliadas que: 

- Tengan saldo en su cuenta de capitalización individual y que se encuentren en Chile o en el extranjero.

- Pensionados que se encuentren recibiendo una Renta Temporal o un Retiro Programado, por vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia.

- Pensionados a través de Renta Vitalicia, sólo podrán acceder a los fondos en caso de que tengan saldo en sus cuentas obligatorias.

Plazos para el pago del retiro:  Una vez que la ley sea publicada en el Diario Oficial, podrán efectuarse las solicitudes de retiro (se estima a partir del lunes 7 de diciembre) y durante un plazo de un año. De ser así, las AFPs tendrán 4 días para confirmar la aprobación de la solicitud.

Proceso del pago: Las administradoras tendrán de 15 a 10 días hábiles para el pago de los montos que se se efectuará en dos cuotas, siendo la primera en un plazo máximo de 10 días y la segunda en los 10 días siguientes al primer pago.  Si el monto es igual o inferior a 35 UF (poco más de $1 millón),  se realizará en un solo pago. 

Pago de impuestos: La normativa establece el pago de impuestos de cada
afiliado con rentas mensuales sobre 1,5 millones, a partir de abril del próximo año, haciendo el alcance que "si el retiro se hace a partir de 2021, el pago de impuestos se hace en la operación renta de 2022".

Pago de pensiones alimenticias: Las administradoras deben recibir de parte del Poder Judicial una liquidación de deuda por pensión de alimentos y su respectiva sentencia para retener el monto del retiro y debiendo pagar a quien señale el Tribunal.

Cédula vencida: Los afiliados que tengan su cédula de identidad bloqueada o vencida, “podrán solicitar su retiro a través de la página web de la AFP con su clave de acceso simple o con su clave de seguridad. En el caso de las solicitudes que se realicen de manera presencial, los afiliados serán autentificados a través de la huella digital”, señala el comunicado. 

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