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Revisa el procedimiento para solicitar el retiro del 10% de la AFP

  • Por Mega.cl
Revisa el procedimiento para solicitar el retiro del 10% de la AFP

En el marco de la promulgación de la Ley del segundo retiro del 10% por el Presidente Piñera, la Asociación de Fondos Previsionales (AFP) informó a través de un instructivo sobre el procedimiento para ingresar la solicitud de los afiliados y afiliadas al sistema de pensiones.

La entidad comunicó que "para mantener el cuidado sanitario y evitar las aglomeraciones en las sucursales de las administradoras. El proceso priorizará los canales digitales para ingresar las solicitudes".

Es imporante mencionar que Mi10afp.cl será el sitio oficial de las administradoras de fondos de pensiones para entregar toda la información del proceso a los afiliados.

¿Quiénes podrán solicitar el retiro? 

- Tengan saldo en su cuenta de capitalización individual y que se encuentren en Chile o en el extranjero.

- Pensionados que se encuentren recibiendo una Renta Temporal o un Retiro Programado, por vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia.

- Pensionados a través de Renta Vitalicia, sólo podrán acceder a los fondos en caso de que tengan saldo en sus cuentas obligatorias.

¿Cuáles son los plazos para el pago del retiro?:  Una vez que la ley sea publicada en el Diario Oficial, podrán efectuarse las solicitudes de retiro (se estima a partir del lunes 7 de diciembre) y durante un plazo de un año. De ser así, las AFPs tendrán 4 días para confirmar la aprobación de la solicitud.

¿Cuál es el proceso del pago? Las administradoras tendrán de 15 a 10 días hábiles para el pago de los montos que se se efectuará en dos cuotas, siendo la primera en un plazo máximo de 10 días y la segunda en los 10 días siguientes al primer pago.  Si el monto es igual o inferior a 35 UF (poco más de $1 millón),  se realizará en un solo pago. 

¿Quiénes pagarán impuestos?: La normativa establece el pago de impuestos de cada
afiliado con rentas mensuales sobre 1,5 millones, a partir de abril del próximo año, haciendo el alcance que "si el retiro se hace a partir de 2021, el pago de impuestos se hace en la operación renta de 2022".

¿Qué pasará con el pago de pensiones alimenticias? Las administradoras deben recibir de parte del Poder Judicial una liquidación de deuda por pensión de alimentos y su respectiva sentencia para retener el monto del retiro y debiendo pagar a quien señale el Tribunal.

¿Qué pasa si tengo la cédula vencida?  Los afiliados que tengan su cédula de identidad bloqueada o vencida, “podrán solicitar su retiro a través de la página web de la AFP con su clave de acceso simple o con su clave de seguridad. En el caso de las solicitudes que se realicen de manera presencial, los afiliados serán autentificados a través de la huella digital”, señala el comunicado. 

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