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¿Eres beneficiario del Subsidio Único Familiar? Revisa aquí

  • Por Mega.cl
¿Eres beneficiario del Subsidio Único Familiar? Revisa aquí

Este año el Gobierno ha impulsado la entrega de varios aportes estatales ante el contexto de la pandemia por coronavirus. No obstante, hay otros beneficios que se mantinen vigentes, como el Subsidio Único Familiar (SUF), o Subsidio Familiar, que va dirigido a personas de escasos recursos, que pertenezcan al 60% de la población nacional socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).

No requiere postulación y pueden cobrar el Subsidio Familiar las siguientes personas: 

-La madre.

-En su defecto, el padre.

-Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.

-Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.

-Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

Condiciones para la entrega:

El Subsidio Único Familiar (SUF) está dirigido a causantes que cumplan con lo sigueinte: 

-Los menores de hasta 6 años de edad, a quienes se acredite su asistencia a los programas de salud.

-Los menores de entre 6 y 18 años de edad que acrediten estudios regulares en los niveles de enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes.

-Las madres de menores que vivan a sus expensas por los cuales perciban subsidio familiar. En cuyo caso tendrá, además, la calidad de beneficiaria.

-Las mujeres embarazadas que acrediten dicha condición con un certificado de cinco meses de gestación.

-Las personas inválidas o con discapacidad mental, cualquiera sea su edad, que acrediten tal condición con un certificado de la COMPIN.

De esta forma quienes reciben el aporte pueden optar a prestaciones médicas y odontológicas gratuitas. 

Solicitud del Subsidio Familiar: 

Independente de no exigir postulación,  se debe ingresar una solicitud en la municipalidad correspondiente.  Allí se evalúa si las personas cumplen con los requisitos señalados anteriormente para ser beneficiarios mediante una serie de trámites y documentos. 

De cumplirse los requisitos, el alcalde respectivo debe efectuar una resolución fundada de reconocimiento, la que es inscrita en un registro especial y es enviada al Instituto de Previsión Social (IPS) para el pago del Subsidio, según contempla Meganoticias. 

Monto del beneficio

Este año el monto subió a $13.401 por carga familiar, y los recursos que soliciten los causantes con algún tipo de discapacidad es el doble ($26.802).

 

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