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Operación renta 2021: Revisa quiénes son las personas que deben cotizar

  • Por Mega.cl
Operación renta 2021: Revisa quiénes son las personas que deben cotizar

Ya comenzó el proceso de la denominada Operación Renta 2021. Durante este tiempo las personas naturales o empresas declaran sus ingresos percibidos el año anterior y así cumplir con las obligaciones tributarias anuales. Un procedimiento que exige el pago obligatorio de cotizaciones, para trabajadoras y trabajadores independientes que emiten boletas a honorarios, sin posibilidad de renuncia.

Pero, ¿Cómo saber quiénes deben declarar la renta?

Aquellas personas naturales que durante el 2020 tienen un ingreso anual superior a los $7.833.186 (Salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador); aquellas que tuvieron más de un empleador; trabajaron a honorarios y emitieron boletas de servicios; trabajaron a honorarios y quisieran optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales; trabajaron a honorarios y emitieron boletas de servicios; o realizaron el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en su AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.295, y tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($18.370.440)

Es importante mencionar que en el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de renta.

Y, ¿Qué pasa si se quiere renunciar a cotizar? 

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha indicado que no se puede pero si se "puede optar a una gradualidad para el cálculo de las cotizaciones, que este año es de 27% (en el año 2020 correspondió a un 17%)".

Es importante mencionar que las personas deben cotizar si es que cumplen con los siguientes requisitos:

- Las mujeres menores de 50 años u hombres menores de 55 años al 1 de enero de 2018.

- Durante 2020 tuvieron honorarios por un monto igual o mayor a $1.632.500.

Por otra parte, no existe obligación en los siguientes casos: 

- Mujeres de 50 años o más u hombres de 55 años o más, al 1 de enero de 2018.

- Aquellos con rentas como trabajador dependiente y ya cotizas mensualmente por el tope imponible, correspondiente a $27.977.286.

-  Aquellos que Tuvieron honorarios inferiores a $1.632.500.

- Afiliado/a a Capredena, Dipreca o IPS.

- Pensionado/a por vejez, vejez anticipada o invalidez total.

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