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Podría saltarse el TC: Diputados presentan nuevo proyecto para tercer retiro del 10%

  • Por Mega.cl
Podría saltarse el TC: Diputados presentan nuevo proyecto para tercer retiro del 10%

Un grupo de diputados de la oposición decidieron presentar este jueves un nuevo proyecto para el tercer retiro del 10% de los fondos de pensiones. Una iniciativa liderada por el parlamentario independiente, Raúl Soto, quien forma parte de la bancada del PPD.

Según los legisladores, este nuevo proyecto se basa en una nueva técnica legislativa que podría sortear el Tribunal Constitucional, en caso de que el Gobierno recurra a dicha instancia. "La variación más fundamental que creemos que va a ser clave en esta etapa del debate para sortear y evitar que el Tribunal Constitucional lo tire abajo, es que estamos proponiendo que sea una reforma a un artículo permanente de la Constitución y no una reforma transitoria", señaló Soto.

Agregando no ver por dónde esto pueda ser declarado inconstitucional, "de hecho lo hemos hablado con varios constitucionalistas y yo creo que lo importante acá es que se va a ratificar el quórum, en este caso particular, por ser una reforma permanente en la Constitución, va a ser eventualmente dos tercios, no tres quintos".

Quórum de dos tercios

En base a la votación, Soto también manifestó: "Nosotros estamos disponibles a asumir el costo político de tener que llegar a concurrir con la voluntad de dos tercios de los parlamentarios para que sea aprobado pero evitando por el otro lado que vaya al TC, es un riesgo que hay que correr, ponemos esta técnica legislativa sobre la mesa para el debate y que sea la comisión de Constitución la que finalmente decida".

El proyecto

Esta nueva medida busca que se modifique el artículo 19 de la Constitución, en su número 18, agregando tres nuevos incisos, que serían el quinto, sexto y séptimo:

- Toda persona afiliada a un sistema previsional de capitalización individual, cuyo financiamiento provenga de cotizaciones obligatorias, tendrán derecho a realizar, por única vez y de forma voluntaria, un retiro por hasta el diez por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual. Este retiro procederá conforme a lo establecido en la Disposición Trigésimo Novena, con excepción de su inciso cuarto.

- Procederá el derecho a retiro establecido en el inciso anterior para los afiliados del sistema privado de pensiones que hayan optado por algún tipo de Renta Vitalicia. Para dicho efecto, se considerará el retiro como un pago anticipado de sus rentas, el cual deberá ser retornado a prorrata de la totalidad de los montos de pensión por pagar al asegurado calculados en base a la Tabla de Mortalidad elaborada de conformidad con la ley vigente.

- El retiro a que refieren los incisos que anteceden quedarán sujetos a la retención, suspension y embargo por deudas originadas en obligaciones alimentarias, por lo que serán plenamente aplicables las disposiciones establecidas en la ley, para estos efectos. Las personas cuyas rentas se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo treinta y ocho bis quedarán impedidos de solicitar el retiro a que se refiere la presente disposición.

Los otros proyectos

Este nuevo proyecto se une a los dos que ya se encuentran en primer trámite legislativo en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, los cuales se encuentran a la espera de ser puestos en tabla en la mencionada instancia, con el objetivo de que comience su análisis en general y particular.

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