Subsidio Protege: ¿Qué es y quiénes pueden obtenerlo?
Por estos días, el Gobierno tiene como foco apoyar y fortalecer el subsidio al empleo, según anunció el Presidente Sebastián Piñera este domingo 07 de marzo. Por lo mismo, es que de un tiempo a esta parte, han lanzado una serie de beneficios destinados a los trabajadores y trabajadoras. Uno de estos, es el Subsidio Protege, destinado principalmente a mujeres.
¿De qué se trata?
Es una ayuda para trabajadoras o trabajadores, dependientes o independientes, que tengan el cuidado de niños y niñas menores de 2 años, y que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador.
Así, se entregará un subsidio de $200.000 por cada niño o niña menor de 2 años que el trabajador beneficiario tenga a su cuidado:
- Hijos o hijas directos de la madre.
- Menores que un hombre o mujer tengan bajo su cuidado personal.
El beneficio se extenderá por 3 meses, pudiendo renovarse de acuerdo a la situación sanitaria del país y se terminará cuando se cumple la fecha final del subsidio.
¿Quiénes son las beneficiarias?
- Las madres trabajadoras, dependientes o independientes, que tengan a su cargo el cuidado de un niño o niña menor de dos años.
- Alternativamente, los padres trabajadores, dependientes o independientes, que tenga el cuidado personal de manera exclusiva, o aquél que se le haya otorgado el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.
- Haberse reincorporado efectivamente al trabajo, ya sea de forma presencial o en modalidad de teletrabajo, a distancia o mixta.
- Cumplir con el siguiente mínimo de cotizaciones:
Trabajadoras dependientes: tener 4 cotizaciones (Salud y AFP) pagadas en los últimos 12 meses previos a la postulación. Una de estas 4 cotizaciones debe ser del mes previo a la postulación.
Trabajadoras independientes: haber cotizado como independiente en la última operación renta (2020) con aporte de cotizaciones Total o Parcial, o bien, cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.
¿Quiénes no pueden acceder a este subsidio?
- Quienes estén haciendo uso de los Beneficios de la Ley de Crianza Protegida (Licencia Médica Preventiva Parental – Suspensión por Motivo de Cuidado).
- Quienes estén con Licencias Pre o Post Natal.
- Estén suspendidas por Ley de Protección del Empleo.
- Están contratadas por una empresa que esté obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.
- Sean funcionarios en instituciones del sector público.
¿Se puede terminar anticipadamente el beneficio?
Así es y se puede dar en los siguientes casos:
- Cuando el menor cumple de 2 años.
- Cuando el Postulante accede a cualquiera de los beneficios de la Ley de Crianza Protegida.
- Fallecimiento del trabajador beneficiario.
- Fallecimiento del niño o niña menor de 2 años.
- Licencias Pre y Post Natal
Además, se puede suspender el subsisdio en caso de que el trabajador beneficiario no haga una declaración o pague sus cotizaciones durante dos meses mientras dure el beneficio o que este haya sido suspendido según las disposiciones de la Ley de Protección del Empleo.
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