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Tercer retiro del 10%: Conoce quiénes podrán optar por este beneficio

  • Por Mega.cl
Tercer retiro del 10%: Conoce quiénes podrán optar por este beneficio

Por estos días, son tres los proyectos presentados al Congreso para permitir un posible tercer retiro del 10% de los fondos de pensiones. Recordemos que dos de los proyectos ya se encuentran en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, a la espera de comenzar su discusión.

Según señalaron los expertos en esta oportunidad, un eventual tercer retiro no podrá ser accesible a todos, ya que según datos de la Superintendencia de Pensiones, cerca de 2,9 millones de personas se quedaron sin saldo en sus cuentas de ahorro previsional obligatorio.

¿Cuánto podrían retirar los cotizantes?

El mínimo sería de 35 UF y 150 UF como máximo. Además, quienes tengan menos de este monto, podrán se retirar la totalidad de sus ahorros acumulados.

Además, a diferencia de lo ocurrido en el primer y segundo retiro, también estará estipulado para quienes tengan rentas vitalicias. En este caso, el dinero se calculará según la variación que experimente el índice de Precios al Consumidor (IPC) según el Instituto de Estadísticas en el período entre la suscripción del contrato y la solicitud.

¿Cómo se realizará este pago?

Se hará en dos cuotas. La primera entrega será del 50% después de 10 días hábiles hecha la solicitud, mientras que el otro 50% se entregará en un plazo máximo de 30 días después del reembolso anterior.

Bono de Reconocimiento.

Una de las diferencias que tendría este retiro del 10% es la entrega de un Bono de Reconocimiento. Un bono que será para los afiliados y pensionados y que se entregará de la siguiente manera:

- Para los afiliados a las AFP, y que no se hayan pensionado, se abonará a la cuenta de capitalización del afiliado al momento acogerse a pensión.

- Para las personas pensionadas se abonará con anterioridad al recálculo que deba efectuar la correspondiente administradora en el año en que se efectúe el retiro.

- Para aquellos pensionados con modalidad de renta vitalicia se abonará a la respectiva compañía en el plazo de un mes desde que se efectúe el retiro.

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