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Tercer retiro del 10%: Revisa quiénes podrán recibir el Bono de Reconocimiento

  • Por Mega.cl
Tercer retiro del 10%: Revisa quiénes podrán recibir el Bono de Reconocimiento

El miércoles 24 de marzo comenzará en el Congreso la revisión de los cinco proyectos que buscan un tercer retiro del 10% de los fondos de ahorro previsional. Dos de ellos incluyen la entrega de un bono.

Pese a la reticencia del Gobierno, la crisis económica sumada a las medidas más restrictivas en el plan Paso a Paso, han generado un contexto favorable en la opinión pública para lograr este nuevo retiro.

El diputado Jaime Mulet (FRVS) generó una propuesta que contempla un Bono de Reconocimiento, el cual señala que el Estado repondrá los fondos retirados para no mermar los ahorros al momento de jubilar. Así, "el Estado calculará y emitirá un título de deuda expresado en dinero que se denominará bono de reconocimiento y será representativo del monto total de los retiros efectuados por el afiliado o pensionado. El bono de reconocimiento se reajustará en la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha del último retiro, y el último día del mes anterior a la jubilación, y devengará un interés anual del 4%".

Este dinero se emitirá de la siguiente manera:

-En el caso de afiliados a las AFP y que no se hayan pensionado, se abonará a la cuenta de capitalización del afiliado al momento acogerse a pensión.

-En el caso que esté pensionado, se abonará con anterioridad al recálculo que deba efectuar la correspondiente administradora en el año en que se efectúe el retiro.

-En el caso de los pensionados con modalidad de renta vitalicia, se abonará a la respectiva compañía en el plazo de un mes desde que se efectúe el retiro.

Quienes podrán hacer este retiro son los afiliados del sistema privado de pensiones y pensionados de rentas vitalicias "del monto que les hayan transferido en virtud del contrato de seguro de renta vitalicia".

El monto máximo de retiro es de 150 UF, y el mínimo corresponde a 35 UF. En el caso de los afiliados a una AFP, en caso de tener en su fondo un monto igual o inferior a este mínimo, estarán habilitados para obtener la totalidad de su dinero.

Mientras que para los pensionados con rentas vitalicias "el 10% que se considere para el cálculo del retiro, deberá reajustarse según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor del Instituto Nacional de Estadísticas en el periodo que media entre la suscripción del contrato y la solicitud de retiro".

También existe un proyecto que autoriza a afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley Nº 3.500, a los pensionados a través de la modalidad de renta vitalicia y a los afiliados del sistema antiguo, a retirar un porcentaje de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual a adelantar el pago de sus rentas o a recibir un bono.

El texto explica que "todos los afiliados del sistema antiguo de pensiones tendrán derecho a solicitar y recibir un bono no constitutivo de renta de quinientos mil pesos en un plazo no superior a 15 días luego de publicada esta ley".

Consiga que cualquiera de los dineros extraídos no afectará “directa o indirectamente la caracterización socioeconómica que el Estado realice de los afiliados, o de su hogar, para efectos de postulación y eventual asignación de subsidios o beneficios sociales de cualquier tipo”. 

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