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Emprendedores podrán vender desde su hogar: Gobierno define artículos considerados "bienes esenciales"

  • Por Mega.cl
Emprendedores podrán vender desde su hogar: Gobierno define artículos considerados 'bienes esenciales'

El Gobierno, luego de la gran confusión que generó en el comercio y consumidores la restricción de las compras de los llamados "bienes esenciales", publicó un instructivo en el que se establecen los bienes que se podrán comprar durante las fases 1 y 2 del plan Paso a Paso.

Además, permite a emprendedores que realicen sus productos desde el hogar, poder hacer despachos a través de empresas de correos. 

“En comunas en Paso 1 (Cuarentena) o en Paso 2 (Transición), los días sábado, domingo o festivos, solo podrán ser despachados bienes esenciales, comprendidos en la definición contenida en el numeral 12 del Título I de este Instructivo”, indica el documento.

Pero sólo "se podrán despachar bienes no comprendidos en esta definición (esenciales), en comunas en estos Pasos (1 y 2), siempre que la compraventa haya sido realizada antes de las 05.00 horas del lunes 5 de abril de 2021, lo que certificará con la copia de la boleta de compra respectiva"

De esta forma, el listado -que el mismo instructivo señala no es taxativo- incluye los siguientes bienes disponibles para su compra.

Bienes relativos a la subsistencia de la persona

-Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y líquidos.

-Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relacione con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.
-Productos necesarios para la higiene personal, tales como pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.

-En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.

-Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.

-Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacidos (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebé e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.

-Artículos para mascotas tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidado.

-Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes, tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.

Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia

-Artículos electrónicos, tales como computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.

-Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.

Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble

-Artículos de cocina: tales como menaje (por ejemplo, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (por ejemplo, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.

-Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones, guateros, etc.

-Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.

-Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.

-Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores, batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc.

-Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.

-Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.

-Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.

Otros bienes

-Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas, carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.

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