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ListaTienda by Mega: Te contamos cuáles son los "bienes esenciales" que podrán ser comercializados en Fase 1

  • Por Mega.cl
ListaTienda by Mega: Te contamos cuáles son los 'bienes esenciales' que podrán ser comercializados en Fase 1

El Gobierno publicó un nuevo instructivo - considerado a modo de ejemplo y no taxativo- para permisos de desplazamiento que comenzó a regir este miércoles 7 de abril. En el se establece una nueva definición de "bienes esenciales", por lo tanto, esos productos podrían comercializarse durante la Fase 1 o Cuarentena del Plan Paso a Paso. 

El listado incluye los siguientes bienes disponibles para su compra: 

Bienes relativos a la subsistencia de la persona

-Alimentos y bebestibles: todo tipo de alimentos y líquidos.

-Productos sanitarios: todo tipo de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y, en general, cualquier bien y servicio que se relacione con la prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación de la persona enferma, tales como, medicamentos, termómetros, elementos de rehabilitación kinesiológica, etc.
-Productos necesarios para la higiene personal, tales como pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas, productos no cosméticos, etc.

-En general, cualquiera de los regulados en el Libro IV del Código Sanitario.

-Artículos de limpieza: todos los relativos a limpieza y cuidado del hogar, tales como cloro, agua destilada, detergentes, etc.

-Artículos necesarios para la Maternidad y primera infancia: tales como ropa y accesorios para recién nacidos (incluyendo, chupetes, mantas, etc.) e infantes; ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia; pañales, alimentos de bebé e infantiles, elementos para la protección de bebés e infantes, coches, cunas, etc.

-Artículos para mascotas tales como alimentos, accesorios de higiene y cuidado.

-Artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes, tales como mangueras, regadores, plaguicidas, abono, sistemas eléctricos, etc.

Bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia

-Artículos electrónicos, tales como computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios (por ejemplo, audífonos), tablet, parlantes y accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas, accesorios telefonía, banda ancha móvil, etc.

-Artículos de oficina: Librería, libros, artículos de oficina, artículos para manualidades, texto, útiles escolares, juguetes educativos, etc.

Bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble

-Artículos de cocina: tales como menaje (por ejemplo, ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (por ejemplo, utensilios de cocina, papel aluminio); elementos para el desecho de alimentos y residuos (ejemplos, bolsas, basureros), etc.

-Artículos de dormitorio: tales como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones, guateros, etc.

-Artículos de baño: tales como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.

-Artículos de lavandería: tales como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, etc.

-Electrodomésticos y línea blanca: Tales como productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores, batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores, etc.

-Artículos de ferretería: Aquellos necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, tales como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares, etc.

-Muebles: tales como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo, accesorios, etc.

-Iluminación: tales como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.

Otros bienes

-Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (ejemplos, gas, carbón, leña, etc.), neumáticos, cable puente de batería, aceites y lubricantes, materiales de mantención de vehículos (ejemplos, ampolletas, focos, elementos de seguridad), etc.

¿Qué pasa con los emprendedores?

Luego de las criticadas restricciones para el comecio local, el Ejecutivo determinó que emprendedores podrán realizar despachos desde su hogares a través de empresas de correos

“En comunas en Paso 1 (Cuarentena) o en Paso 2 (Transición), los días sábado, domingo o festivos, solo podrán ser despachados bienes esenciales, comprendidos en la definición contenida en el numeral 12 del Título I de este Instructivo”, indica el documento.

Pero sólo "se podrán despachar bienes no comprendidos en esta definición (esenciales), en comunas en estos Pasos (1 y 2), siempre que la compraventa haya sido realizada antes de las 05.00 horas del lunes 5 de abril de 2021, lo que certificará con la copia de la boleta de compra respectiva".

 

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