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Averigua cuáles son los requisitos para solicitar esta semana el Préstamo Solidario

  • Por Mega.cl
Averigua cuáles son los requisitos para solicitar esta semana el Préstamo Solidario

Desde este 8 de mayo, y a partir del octavo día de cada mes, se podrá solicitar el Préstamo Solidario Clase Media 2021, una de las ayudas estatales más esperadas por los chilenos.

De acuerdo a la información oficial este préstamo solidario del Estado permite a trabajadores y trabajadoras, empresarios o empresarias individuales, quienes producto de la emergencia sanitaria, hayan enfrentado una disminución superior al 10% de sus ingresos formales, acceder a un préstamo en Unidades de Fomento (UF) que se devolverá en cuatro cuotas anuales y sucesivas, sin multas ni intereses.

Este préstamo permite cubrir hasta el 100% de la caída de los ingresos, con un tope de $650.000 mensuales y podrá solicitarse hasta en tres oportunidades. Sin embargo, quienes hayan obtendio el Bono Clase Media sólo podrán pedirlo 2 veces. 

¿Quiénes pueden solicitar el Préstamo Solidario?

- Trabajadores y trabajadoras dependientes e independientes y empresarios o empresarias individuales, que hayan experimentado una disminución de, al menos un 10%, en sus ingresos formales.
- También podrán acceder pensionados y pensionadas de vejez e invalidez de renta vitalicia con un monto igual o inferior a $408.125, quienes podrán solicitarlo hasta tres veces con un monto que será, como máximo, el mismo que reciben mensualmente como pensión.
- En el caso de las funcionarias y los funcionarios públicos, se considerará su ingreso promedio anualizado para la estimación de la caída de este.

¿Cómo debes realizar la devolución de este préstamo?

- La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres cuotas, al 30%. Sin embargo, cada cuota anual no podrá exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.
- En el caso de los pensionados o pensionadas, el préstamo deberá ser devuelto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses, las que no podrán exceder el 5% del monto de la pensión.

 

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