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¿Cómo debe ser pagado el Bono Compensatorio de Sala Cuna?: Experta responde tus dudas

  • Por Mega.cl
¿Cómo debe ser pagado el Bono Compensatorio de Sala Cuna?: Experta responde tus dudas

La pandemia a causa del coronavirus ha hecho que gran parte de los establecimientos educaciones se mantengan cerrados para evitar contagios. Dentro de ellas las salas cunas. Es por eso que muchas madres, con hijos de hasta dos años, han accedido a un derecho maternal denominado Bono Compensatorio. 

Un beneficio que se entrega cuando el empleador, con al menos 20 trabajadoras, no entregue servicio de sala cuna para que la trabajadora desempeñe sus funciones de forma tranquila. Sobre este tema estuvimos conversando junto a Paola Merchak, abogada y fundadora de @mamajuridica, en una nueva edición de #5TipsLive. 

La especialista indicó que el monto del Bono Compensatorio por Sala Cuna debe ser equivalente al que se pagaría por un servicio de sala cuna y que ese dinero no debe ser imponible ni tributable. 

EL BONO COMPENSATORIO NO DEBE SER IMPONIBLE NI TRIBUTABLE

"No puede ser imponible ni tributable. Si a ustedes les entregan un bono compensatorio que es imponible o tributable, finalmente ustedes no van a recibir el monto íntegro, sino que obviamente van a recibir menos, mes a mes, y atentarían diractamente contra el fundamento legal del bono compensatorio", dijo la experta en conversación con las redes sociales de Mega. 

OTRAS RECOMENDACIONES:

- Su pago es excepcional

- Tienen que haber 20 o más trabajadoras contratadas

- Monto debe ser equivalente al valor de sala cuna

- Se entrega hasta que los hijos cumplen dos años

SI DESEAS MIRAR LA CONVERSACIÓN COMPLETA PINCHA AQUÍ.

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