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Subsidio Habitacional para Sectores Medios DS1: Se extiende el plazo para usar beneficio

  • Por Mega.cl
Subsidio Habitacional para Sectores Medios DS1: Se extiende el plazo para usar beneficio

El Subsidio Habitacional para Sectores Medios DS1, es un programa destinado a las familias de sectores medios que no son propietarias de una vivienda, que tienen capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario.

¿Cuál es el anuncio?

El ministro de Vivienda y Urbanismo, Felipe Ward, anunció hoy martes 11 de mayo, que quienes cuenten con Subsidio Clase Media DS1,  podrán por los próximos 10 meses aplicar su subsidio en cualquiera de sus tramos, podrán aplicarlo sin restricciones en todas las regiones del país.

¿A qué se refiere el minisitro con este anuncio?

El ministro Felipe Ward quiere decir que, con este beneficio, que entrega el Estado, se permite la compra de una vivienda nueva o usada, o bien construir una vivienda de hasta 140 mt2, en un sitio propio o densificación predial (construcción de una vivienda donde ya existe una), en sectores urbanos o rurales. Cada proyecto habitacional debe tener a lo menos tres recintos (un baño, estar –comedor-cocina y un dormitorio).

Este subsidio habitacional permite complementar el valor de la vivienda con recursos propios o crédito hipotecario, en caso de necesitarlo.

 

¿Cuándo son las postulaciones?

El Subsidio de Clase Media DS1 abrirá su primer llamado de postulación del año el próximo 19 de mayo, y se extenderá hasta el 31 del mismo mes. Cabe destacar que no será requisito contar con preaprobación de crédito hipotecario para postular a cualquiera de los títulos y tramos de este beneficio.

Además, las postulaciones serán totalmente online y se podrán realizar a través del sitio web www.minvu.cl. Allí también podrás conocer todos los docuementos importantes para la postulación de este beneficio.

¿Cuáles son los requisitos para la compra de una vivienda?

- Tener mínimo 18 años de edad

- Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente (o vencida durante 2020)

- Las personas extranjeras deben contar con Cédula de Identidad para Extranjeros y adjuntar Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).

- Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses (Abierta hasta el 30 de Abril 2020) No podrá hacer giros en la cuenta desde esa fecha.

- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el porcentaje de calificación socioeconómica que exige la alternativa de subsidio a la que desea postular.

- En caso de postular colectivamente el grupo debe:

1) Tener un mínimo de 10 integrantes.

2) Postular a través de una Entidad Patrocinante.

3) Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu.

¿Cuáles son los requisitos para la construcción de una vivienda?

- Tener mínimo 18 años de edad.

- Contar con Cédula Nacional de Identidad. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).

- Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses (abierta hasta el 30 de abril de 2020)

- Acreditar que el ahorro exigido en cada tramo esté depositado y reflejado como saldo disponible en la cuenta de ahorro para la vivienda a más tardar el 30 de abril hasta las 14:00 hrs. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta.

- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el porcentaje de calificación socioeconómica que exige la alternativa de subsidio a la que desea postular.

- En caso de postular colectivamente el grupo debe:

1) Tener un mínimo de 2 integrantes.

2) Postular a través de una Entidad Patrocinante.

Ademas, se debe acreditar la disponibilidad de un terreno por medio de alguna de las siguientes alternativas:

- Inscripción del sitio a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.

- Inscripción del sitio a nombre del grupo organizado.

- Certificado Conadi en caso de tierras indígenas.

- Usufructo o derecho real de uso del terreno a favor del postulante.

- Derechos en comunidades agrícolas.

- Sitio a nombre de una cooperativa de la cual el postulante es socio.

- Cesión de derechos inscrita del terreno a favor del postulante (Ley 19.253 de octubre de 1993).

- Certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario).

- Contar con los Certificados de Informaciones Previas y Factibilidad de Dación de Servicios.

Para conocer el porcentaje de calificación socieconómica de su Registro Social de Hogares (RSH) pinche aquí.

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