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¡Solo un requisito!: Conoce quiénes podrán acceder a la Renta Básica Universal de Emergencia

  • Por Mega.cl
¡Solo un requisito!: Conoce quiénes podrán acceder a la Renta Básica Universal de Emergencia

El Gobierno ha presentado distintos beneficios económicos, desde el inicio de la pandemia del Coronavirus, para ir en ayuda de los hogares que se han visto afectado por la crisis sanitaria que ha derivado en una crisis socioeconómica.

Ahora bien, por otro lado la oposición parlamentaria, liderado por la Presidenta de la Cámara del Senado, Yasna Provoste, presentó el proyecto de Renta Básica Universal de Emergencia. Un beneficio económico que iría en ayuda de las personas más vulnerables de nuestro país según el Registro Social de Hogares (RSH). 

¿En qué consiste la Renta Básica Universal de Emergencia?

La Renta Básica Universal de Emergencia es un proyecto que recién se encuentra en primer trámite constitucional y que aún no ha sido puesto en tabla para ser revisado en la Comisión de Constitución.

La propuesta que plantea la oposición busca reemplazar el Ingreso Familiar de Emergencia Ampliado (IFE). Esto se debe a que las ayudas del Gobierno, hasta el momento, solo han apuntado al 60% o 80% de los hogares que estan en el Registro Social de Hogares (RSH)mientras que la Renta Básica Universal de Emergencia ayudaría al 100% de las familias que estén en RSH, ya que contempla mayores montos y extiende el universo de potenciales beneficiarios.

Los montos que entregaría esta ayuda serían uno de los más altos que se ha entregado en materia de ayuda social. Estos variarán según la cantidad de integrantes de cada hogar y serían los siguientes:

- 1 persona: $229.061

- 2 personas: $372.111

- 3 personas: $494.238

- 4 personas: $604.495

- 5 personas: $706.692

- 6 personas: $802.892

- 7 personas: $894.375

- 8 personas: $982.006

- 9 personas: $1.066.402

- 10 personas: $1.148.025

¿Quiénes podrán ser beneficiarios?

Para ser beneficiario de este aporte monetario el único requisito es pertenecer al 100% de los hogares que se encuentren en el Registro Social de Hogares. En tanto que los montos serían "equivalente al monto de la línea de la pobreza definida mensualmente por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia", según señala la iniciativa.

Por otro lado, según los autores de la medida, el beneficio deberá ser entregado por lo meses de junio, julio, agosto y septiembre, alargándose en caso de ser necesario si es que así lo obliga la pandemia.

Por tanto, los hogares que no estén inscritos en el Registro Social de Hogares, no recebirán este aporte mensual.

De convertirse en ley ¿Cuándo será aprobada mi solicitud?

Una de las etapas del proceso consiste en la visita de encuestadores municipales que corroborarán los datos ingresados. Sin embargo, debido a la crisis del coronavirus, estas visitas se encuentran suspendidas, por lo que las solicitudes de inscripción serán aprobadas automáticamente de forma excepcional hasta que finalice la emergencia sanitaria.

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