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Bono Post Laboral: Conoce el beneficio que se entrega de por vida y que da un monto de $75.154 mensual

  • Por Mega.cl
Bono Post Laboral: Conoce el beneficio que se entrega de por vida y que da un monto de $75.154 mensual

Los funcionarios públicos que esten afiliados al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) podrán optar al Bono Post Laboral, un aporte monetario mensual que va enfocado a ciertos trabajadores y trabajadoras que tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones. 

Este beneficio económico se entrega por toda la vida, no es imponible y tampoco constituye indemnización o renta. Cabe destacar que, para este 2021, el monto a recibir por el Bono Post Laboral es de $75.154 mensuales.

¿Quiénes pueden acceder al bono?

Los funcionarios públicos que estén en las siguientes reparticiones del Estado, podrán recibir el bono:

- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.

- Corporaciones de Asistencia Judicial.

- Universidades estatales.

- Contraloría General de la República.

- Consejo Nacional de Televisión.

- Consejo Superior de Educación.

- Dirección General de Aeronáutica Civil.

- FONADIS.

- SERCOTEC.

- CONAF.

¿Cuáles son los requisitos?

Para recibir este bono los funcionarios públicos de las reparticiones mencionadas anteriormente, deben cumplir con los siguientes requisitos:

1) Estar afiliado al sistema de AFP.

2) Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.

3) Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.

4) Ser funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de ellas al momento de solicitar el bono.

5) Haber sido funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener al menos una imposición en el sistema previsional antiguo.

6) Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55%. (Esta tasa resulta del cálculo entre monto de la pensión y remuneración).

7) Cesar en el cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

¿Cómo se solicita el bono?

Para los y las trabajadoras que cumplan con los requisitos, deben solicitar el Bono Post Laboral dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión, es decir, 60 años en mujeres y 65 años en el caso de los hombres.

La solicitud se debe realizar ante la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funciones el trabajador o trabajadora. Por otro lado, será la Superintendencia de Pensiones a la que le corresponderá calcular la tasa de reemplazo a solicitud del organismo empleador del funcionario.

En tanto que, el valor del Bono Post Laboral, es pagado por la Tesorería General de la República y se entrega mensualmente junto a la pensión de vejez que recibe el beneficiario, a través de la Administradora de Fondo de Pensiones AFP o Compañías de Seguros, en la cual se encuentra afiliado el trabajadora o trabajadora.

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