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Para tiempos de crisis económica: Descubre cómo acceder al Seguro de Cesantía

  • Por Mega.cl
Para tiempos de crisis económica: Descubre cómo acceder al Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía, a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), busca proteger a todos los trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicios. De esta forma, el empleador debe cotizar mensualmente el 3% de las remuneraciones imponibles de cada empleado. 

Es gracias a este seguro, que cuando el trabajador o trabajadora queda cesante, puede hacer retiro de los dineros acumulados en esta cuenta. Además, de ser necesario y cumpliendo con los requisitos, también podrá recurrir al Fondo de Cesantía Solidario, que está conformado con aportes de los empleadores y del Estado. Pero eso no es todo, porque en el caso de cumplir con los requisitios, pueden solicitar un subsidio de cesantía que es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o por las cajas de compensación.

¿Quiénes acceden a este Seguro de Cesantía?

- Aquellos trabajadores y trabajadoras que su contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Su afiliación al seguro de cesantía es obligatoria y debe ser comunicada por el empleador a AFC Chile.

- Si el contrato laboral es anterior al 2 de octubre de 2002, el trabajador puede afiliarse al seguro voluntariamente o solicitarlo en su lugar de trabajo, donde el empleador deberá gestionar la incorporación en alguna de las sucursales de AFC. En el sitio web de la AFC puede revisar el estado de su afiliación.

- Trabajadoras y trabajadores de casa particular: a partir del 1 de octubre de 2020, son parte del Seguro de Cesantía. 

¿Cuáles son los requisitos para retirar este seguro?

- Estar cesante, condición que se debe acreditar mediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.

- Contar con al menos tres cotizaciones seguidas antes del término de la relación laboral o seis cotizaciones en los últimos 12 meses (las dos últimas deben ser continuas con el mismo empleador).

- En el caso de los trabajadores de jornada parcial, deben presentar, junto al documento de término de la relación laboral, el contrato de trabajo. 

¿Cómo se cobra?

Ingresando a la sucursal virtual de la AFC Chile con el RUT y clave de acceso AFC (que puede solicitar en el mismo sitio) o con su ClaveÚnica. Una vez dentro, se deben completar algunos datos e ingresar el finiquito o documento que acredite la cesantía, o bien dirigirse a una sucursal de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con la cédula de identidad vigente y el finiquito o documento que acredite la cesantía.

Una vez hecho esto, se podrá revisar en el sitio web de AFC si su solicitud fue aprobada, además de la fecha y forma de pago. Además, es necesario tomar en cuenta que:

-Cuando un trabajador con contrato indefinido, y con más de un año trabajando, es despedido por necesidades de la empresa, el empleador tiene la obligación de pagarle una indemnización por años de servicio (con un tope de once años).

- De esta indemnización por años de servicio se descuentan los aportes hechos por el empleador a la cuenta individual por cesantía del trabajador. 

¿Quieres más información? Revísala en la página web de Chile Atienda https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/36642-seguro-de-cesantia o también en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) https://www.afc.cl/descripcion-del-seguro.

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