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Se entrega por tres meses: Conoce los plazos de postulación para el Subsidio de Arriendo Clase Media 2021

  • Por Mega.cl
Se entrega por tres meses: Conoce los plazos de postulación para el Subsidio de Arriendo Clase Media 2021

Como una forma de apoyar a las familias que se han visto perjudicadas por la pandemia del Coronavirus, ya sea quedando cesante o sufriendo una baja de más del 30% de sus ingresos, el ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) creo el Subsidio de Arriendo Especial Clase Media 2021. Una ayuda económica que busca apoyar a las familias mediante el subsidio de una parte del arriendo de sus viviendas.

Un beneficio que se entrega por tres meses y que entregará hasta $250 mil para arriendos que no superen los $600.000 pesos.

¿Cuáles son los plazos de postulación?

Las postulaciones de 2021 comenzaron el pasado 16 de marzo y terminan el próximo 30 de julio. Para postular ingresa a la página web del Minvu https://www.minvu.gob.cl/.

¿A quiénes está dirigido?

- A todas las personas mayores de 18 años con cédula de identidad chilena.

- Quienes se encuentren cesantes o hayan sufrido una baja de más del 30% de sus ingresos.

- Los postulantes adultos mayores jubilados no requerirán acreditar cesantía o disminución de ingresos, debiendo presentar comprobante de pago de pensión de vejez.

- Que se encuentren arrendando una vivienda actualmente.

- Pueden postular con o sin núcleo familiar: Si cuenta con Registro Social de Hohares (RSH), debe declarar Núcleo Familiar de acuerdo a la información que dicho registro indica. Mientras que si no cuenta con RSH, el postulante deberá declarar el núcleo familiar con el que postula, indicando el nombre, número de su cédula de identidad, edad y parentesco. En este caso los ingresos anteriores a la rebaja o a la cesantía no podrán superar los $2.000.000.

¿Y sus requisitos?

Tener 18 años o más y contar con cédula nacional de identidad vigente. En el caso de las personas extranjeras, deben presentar cédula de identidad para extranjeros.

Además, acreditar cesantía, o una baja de más del 30% en el monto de tus ingresos mediante alguno de los siguientes documentos:

- Informe emitido por el Servicio de Impuestos Internos respecto de los seis últimos meses de boletas de honorarios.

- Tres (3) liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios en que conste la disminución de los ingresos.

- Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales o el de pagos de Cotizaciones en FONASA en que conste la disminución de los ingresos.

- Modificación del contrato de trabajo en que conste la disminución de los ingresos.

- En el caso de que los ingresos no se puedan acreditar de una de las formas antes señaladas, se podrá presentar un informe social de una entidad o servicio público, como municipalidad, que dé cuenta de la situación socioeconómica actual del postulante y de la disminución de sus ingresos.

- Cualquier otro documento en el que conste de manera fehaciente la modificación de las condiciones laborales.

¿Qué antecedentes de la vivienda se deben acreditar?

- Presentar un contrato de arrendamiento firmado ante Notario Público, o un contrato simple firmado por las partes al cual se deberá adjuntar declaración jurada simple del arrendatario y del arrendador dando fe de la veracidad del contrato por hasta $600.000, en el cual conste la dirección de la vivienda y la individualización del arrendatario y del arrendador (nombre y Rut de ambos). Puedes descargar esta declaración jurada en  www.minvu.gob.cl.

- Declaración jurada por el arrendador o otorgada, mediante formato tipo aportado por el Minvu, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda, que ésta cuenta con Recepción Municipal y que no se encuentra sujeta a embargo, se compromete a participar en el marco de este Llamado y mantener el arriendo por todo el tiempo cubierto por el subsidio (hasta el pago de la última cuota). 

- Completar en la plataforma de postulación el número de rol de avalúo y los datos de la cuenta de depósito al arrendador.

OJO, porque si fuiste seleccionado en el llamado 2020, debes subir la declaración jurada del arrendador actualizada. No sirve la declaración del año 2020.

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