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Préstamo Solidario 2021: Revisa la fecha de postulación, requisitos y montos de julio

  • Por Mega.cl
Préstamo Solidario 2021: Revisa la fecha de postulación, requisitos y montos de julio

Entre los aportes que generó el Gobierno para auxiliar a las personas más afectadas por la crisis sanitaria, se encuentra el Préstamo Solidario para la Clase Media. Este beneficio comienza su periodo de solicitud los días 8 de cada mes, por lo que para julio se dará luz verde a este trámite el jueves de esta semana.

Este préstamo puede ser solicitado en tres oportunidades tanto por personas naturales como jurídicas, mientras que los beneficiarios del Bono Clase Media estarán habilitados para recibirlo solo en dos ocasiones, sea esto de manera continua o discontinua.

Respecto al monto a entregar, este se calcula con la diferencia de ingresos promedio del segundo semestre de 2019 y 2020, pero no puede sobrepasar el límite de $650.000 mensual. El crédito estatal también considera a  los pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia, cuyas pensiones sean iguales o menores a $408.125.

Para solicitarlo, se debe comprobar una merma en los ingresos de al menos un 10% entre el periodo de tiempo antes señalado (segundo semestre de 2019 y segundo semestre de 2020). La institución encargada de gestionar el beneficio es el Servicio de Impuestos Internos (SII), entidad que generó una plataforma virtual que recibirá las solicitudes desde el 8 al 31 de julio. 

Los usuarios deben dirigirse a "Préstamo Solidario del Estado 2021" y hacer clic en "ingresa aquí". En la sección "solicitar y consultar estado del Préstamo Solidario"  ingresar necesitan ingresar con su Clave Tributaria o Clave Única.

El dinero del préstamo será pagado al beneficiario por la Tesorería General de la República (TGR), en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud. De ese modo, quienes soliciten el pago el 8 de julio, obtendrán su dinero, a más tardar, el viernes 23 de ese mes.

Respecto a la devolución del dinero, se cuenta con un año de gracia sin multas ni intereses. Las cuotas son cuatro sucesivas representando la primera el 10% de lo adeudado, y las otras tres corresponden a un 30% casa una, las que no deben exceder el 5% de los ingresos anuales. 

Este monto se cobrará en 4 cuotas anuales, reajustadas de acuerdo al IPC:

Cuota 1, 2023: 10% del beneficio.
Cuota 2, 2024: 30% del beneficio.
Cuota 3, 2025: 30% del beneficio.
Cuota 4, 2026: 30% del beneficio.

Si la o el beneficiario no termina de pagar lo adeudado al finalizar la cuarta cuota anual, la ley establece que ese saldo será condonado. 

Pese a ello, si hubo mora previa en el pago de una o más cuotas, al valor de ellas "se les aplicará una tasa de interés equivalente a la tasa de endeudamiento del Fisco en el mismo plazo o su equivalente (...) Las cuotas morosas del beneficiario no podrán ser condonadas".

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