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¿Cómo acceder a los $650 mil que entrega el Préstamo Solidario de julio?

  • Por Mega.cl
¿Cómo acceder a los $650 mil que entrega el Préstamo Solidario de julio?

El próximo 08 de julio se abre un nuevo proceso de postulación al Préstamo Solidario 2021, un beneficio destinado a ayudar a las familias que se han visto afectadas económicamente por la pandemia del Coronavirus en Chile.

¿Para quiénes está destinado este beneficio?

- Personas naturales y empresarios individuales que cumplan con los requisitos y contempla un monto correspondiente a la totalidad de la caída de ingresos formales, con un tope máximo de $650.000 por cuota.

- Pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia con un monto igual o inferior a $408.125.

Cabe destacar, que el préstamo se puede acceder tres veces como máximo, pero si se accedió al Bono Clase Media 2021, solo se podrá solicitar en dos oportunidades.

¿Cuáles son los requisitos?

- Haber tenido una caída en tus ingresos formales de al menos 10% en el segundo semestre de 2020 e igual periodo de 2019.

- No tener montos pendientes de restituir por haber obtenido indebidamente el Bono y/o el Préstamo Solidario 2020.

¿Cuándo y dónde solicitar el Préstamo Solidario 2021?

El Préstamo Solidario correspondiente a julio, se podrá solicitar a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) a partir del 8 de julio y hasta el 31 del mismo mes. Sin embargo, también podrá ser solicitado entre el 8 y el fin de cada mes hasta octubre de 2021.

Los pagos se harán en un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de la solicitud y se puede solicitar que sean entregados a través de transferencia bancaria o por caja en BancoEstado.

¿Cómo se devuelve?

- Este beneficio tendrá un año de gracia y se pagará a partir de 2023 en cuatro cuotas anuales y sucesivas.

- Las personas que soliciten el préstamo deberán pagar una primera cuota de 10% del monto total y luego tres cuotas del 30%. Cada uno de estos pagos no podrá exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de impuesto a la renta.

. En cuanto a los pensionados, deberán devolver el dinero a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, las que no podrán exceder el 5% del monto de su pensión.

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