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Revisa con tu RUT si eres beneficiario del Subsidio Único Familiar: Ya comenzaron los pagos

  • Por Mega.cl
Revisa con tu RUT si eres beneficiario del Subsidio Único Familiar: Ya comenzaron los pagos

Uno de los beneficios menos conocidos por los ciudadanos, es el llamado Subsidio Único Familiar (SUF), el que está destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% de la población nacional socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).

El monto del Subsidio Familiar es de $13.401 por carga familiar. No obstante, el monto que generan las personas con discapacidad es el doble ($26.802). Además, las personas que dan derecho a percibir el Subsidio Familiar (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.

En el caso de las embarazadas, pueden solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación, momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar, al pasar a ser "causante madre". Cubre todo el embarazo y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).

¿Quiénes reciben el Subsidio Único Familiar?

Son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:

-La madre.
-En su defecto, el padre.
-Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
-Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
-Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

Son causantes de Subsidio Familiar quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria que:

-Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos). Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, a menos que fueren personas con discapacidad.
-Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

Además:

-Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
-La mujer embarazada (puede postular al Subsidio Maternal)

¿Cómo postulo al beneficio?

Si bien el proceso de postulación puede variar entre municipalidades, por lo general, los documentos solicitados son los siguientes:

- Certificado de nacimiento del menor.

- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, para menores de 6 años.

- Certificado de alumno regular, para mayores de 6 años y menores de 18.

- Para las personas con discapacidad intelectual, se debe presentar acreditación de su condición. Esto se realiza a través de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.

- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.

- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

Luego, deberá acercarse a la municipalidad correspondiente a su domicilio y solicitar el Subsidio Único Familiar. El municipio se encargará de comprobar la calidad de beneficiario y del cumplimiento de requisitos y antecedentes. Finalmente, la respuesta será entregada en la misma municipalidad cuando esté disponible.

¿Dónde se cobra el SUF?

Para cobrar el Subsidio Único Familiar se puede realizar en cualquier sucursal del Instituto de Previsión Social (IPS), en la caja de compensación del solicitante o directo en la CuentaRut del beneficiario.

Cabe destacar que el trámite es gratuito, se puede acceder en cualquier momento del año en la muncipildad de la comuna en que resida el solicitante.

Puedes revisar si te corresponde el pago de este subsidio ACÁ 

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