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Aguinaldos 2021: Revisa a cuánto ascienden los montos para septiembre

  • Por Mega.cl
Aguinaldos 2021: Revisa a cuánto ascienden los montos para septiembre

Pese a que nuevamente se vivirá con restricciones sanitarias y sin las tradicionales fondas en el Parque O'Higgins o la Pampilla, los hogares del país podrán reunirse y compartir para estas Fiestas Patrias. Por este motivo se espera el habitual incremento de los gastos del mes. 

El aguinaldo se convierte en un dinero que las familias esperan, y ya se confirmó a cuánto ascenderá esta bonificación para funcionarios públicos y pensionados. 

Para los funcionarios públicos, el aporte ya está estipulado a través de la Ley 21.196, que indica que en 2021 será "de $76.528 para los trabajadores que al mes de agosto de 2021 tengan una remuneración igual o inferior a $794.149 y; de $53.124 para quienes superen esta cantidad". 

Por su parte, el Instituto de Previsión Social (IPS) confirmó que para los pensionados el aguinaldo alcanzará los $20.624, con un adicional de $10.581 por cada carga familiar que tengan acreditada hasta el 31 de agosto. Este beneficio no sufre descuentos, no es tributable ni imponible en cotizaciones de salud o previsión, por lo que se entrega íntegro a la o el beneficiario. 

Además, la Ley 16.744 detalla que "el incremento del aguinaldo deberá pagarse a quien perciba o hubiera podido percibir la Asignación Familiar en caso de que estas asignaciones sean recibidas por una persona distinta del pensionado, o hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4".

De este aguinaldo son beneficiarios:

-Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
-Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
-Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
-Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
-Pensionados o pensionadasde las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
-Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
-Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
-Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
-Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.

En cuanto al sector privado, no es una obligación el entregar este incentivo. Sin embargo, se deben pagar a los trabajadores en el caso de que: 

-Esté estipulado en el contrato de trabajo.
-Sea producto de un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté dentro de una cláusula.
-Se haya entregado con regularidad previa, por lo que se considera un derecho adquirido del trabajador.

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