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¡Revisa qué dinero recibes!: El IPS realizará todos los pagos de sus beneficios antes del 18

  • Por Mega.cl
¡Revisa qué dinero recibes!: El IPS realizará todos los pagos de sus beneficios antes del 18

Sin duda, el mes de septiembre es uno de los meses en los que las familias chilenas ocupan más recursos monetarios. Por esa misma razón, es que desde el Instituto de Previsión Social (IPS) adelantarán los pagos de aquellos beneficios entregados por la institución.

"Todas aquellas pensiones que son pagadas por el IPS, el IPS va a hacer un esfuerzo en el mes de septiembre para hacer todos los pagos de beneficios antes del día 18, de manera que el aguinaldo sea recibido y se pueda utilizar para las Fiestas Patrias”, comentó en el matinal de Mucho Gusto el subsecretario Previsión Social, Pedro Pizarro. 

Cuáles son los beneficios que entrega el IPS que puedes recibir en septiembre?

Aguinaldo de Fiestas Patrias: Estos montos los reciben los pensionados del IPS y los funcionarios públicos. Además, en el sector privado algunos trabajadores también reciben aguinaldo, sin embargo, la entrega de este dinero no es una obligación legal, por lo que dependerá de cada contrato laboral. 

Bono de Reconocimiento: Es un beneficio económico que le entrega el Estado a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al sistema de Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Un dinero que se deposita la Cuenta de Capitalización Individual de la persona cuando se pensione por vejez, por invalidez o cuando fallezca.

Bono por Hijo: El aporte se otorga por cada hijo nacido vivo o adoptado y se paga una vez que la mujer se jubile.  Además, en el caso de los hijos adoptivos, el aporte será recibido tanto por la madre biológica como por la madre adoptiva. 

Bono Bodas de Oro: Un beneficio que se entrega a las parejas que hayan cumplido 50 años de matrimonio, el cual consiste en un pago de $337.847 que se otorga por única vez y que es repartido en partes iguales entre los cónyuges.

Subsidio Familiar: Un aporte que va dirigido 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH), quienes pueden recibir un monto de $13.401 por cada causante de este beneficio. Adempas, si en el hogar hay causantes con discapacidades mentales o físicas, el monto se multiplica por dos, llegando a $26.802.

Subsidio a la Cotización de Trabajadores Jóvenes: Consiste en un aporte mensual de $16.025 para todos los trabajadores jóvenes, entre 18 y 35 años, que tengan contrato.  Dicho monto se suma a las cotizaciones y es depositado directamente a su cuenta de AFP.

¿Cuáles son sus requisitos?

- Tener una remuneración igual o inferior a 1,5 ingresos mínimos mensuales ($505.500).

- Registrar menos de 24 cotizaciones en su AFP, continuas o discontinuas.

- Tener las cotizaciones de seguridad social pagadas o declaradas (cotización de AFP, de salud y de accidentes del trabajo).

- La solicitud del beneficio se puede realizar presencialmente en las sucursales de ChileAtiende, o vía online en la plataforma web del IPS, solo con el RUT.

Subsidio a la Contratación de Jóvenes: Este beneficio incrementa la cobertura y fondos previsionales de los empleados jóvenes. El IPS determina el monto del aporte, el cual se otorga al empleador, para el empleador debe no tener deudas previsionales.

- Tener contratados a trabajadores entre 18 y 35 años de edad, que ganen un sueldo igual o inferior a 1,5 ingresos mínimos mensuales ($505.500, considerando el nuevo ingreso mínimo mensual de $337.000) y que tengan menos de 24 cotizaciones previsionales.

- Tener enteradas las cotizaciones de seguridad social correspondientes al respectivo trabajador dentro del plazo que la ley establece para ello.

- El trámite de solicitud del beneficio, el empleador lo puede realizar durante todo el año en las sucursales de ChileAtiende, ubicadas a lo largo de todo el país.

Subsidio para Personas con Discapacidad Mental menores de 18 años: Además de un aporte mensual, las personas con discapacidad mental (acreditada) que sean menores de 18 años y no tengan recursos pueden acceder a la atención médica gratuita en consultorios y hospitales.

¿Cuáles son sus requisitos?

- Ser menor de edad.

- Ser carente de recursos, según el Registro Social de Hogares.

- No poseer previsión social, ni estar recibiendo ningún otro tipo de subsidio, dado que es incompatible.

- Tener una residencia continua en el país de, por lo menos, tres años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Pensión de Vejez del sistema de pensiones (AFP): Un dinero que reciben quienes ya se jubilaron y que están afiliados al actual sistema de AFP. Dichos montos dependerán de los ahorros previsionales que acumuló la persona durante su vida laboral.

Pensión de invalidez del sistema de pensiones (AFP): Un aporte que va para los cotizantes de las AFP que no pueden desarrollar su trabajo por estar incapacitados física o mentalmente, pueden recibir este tipo de pensión.

¿Cuáles son los requisitos?

- Tener menos de 65 años, que la invalidez no haya sido causada por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

- No tener pensión de vejez.

Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI): Consiste en un monto complementario que se entrega mensual a las personas que reciben la pensión previsional de invalidez por estar discapacitado física o mentalmente.

¿Cuáles son sus requisitos?

- Tener entre 18 y 65 años de edad.

- Recibir una pensión mensual o pensión base inferior a $160.013.

- Ser declarado inválido por comisiones médicas o recibir una pensión de invalidez.

- No imponer en Dipreca o Capredena ni recibir pensiones de sobrevivencia.

- Acreditar cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años.

- Pertenecer al 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).

- Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV): El Estado les entrega un aporte monetario mensual para incrementar las pensiones de los afiliados a AFP, a compañía de seguros o a excajas de previsión social administradas por el Instituto de Previsión Social (IPS).

¿Cuáles son los montos?

- $467.894 para personas entre 65 y 74 años.

- $501.316 para mayores de 75 años.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI): Entrega $160.013 a personas entre los 18 y 65 años que sean declaradas con invalidez y no tengan derecho a recibir una pensión en algún régimen previsional.

¿Cuáles son sus requisitos?

- Pertenecer al 60% más vulnerable de la población, según el RSH.

- Acreditar cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años.

Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV): Un beneficio enfocado en quienes no reciben una pensión en algún régimen previsional, quienes pueden obtener montos de $158.339 (personas entre 65 y 74 años) y $169.649 (mayores de 75 años). 

Pensión de sobrevivencia del sistema de pensiones (AFP): Se trata de una ayuda monetaria para beneficiarios de imponentes y pensionados que fallecieron y estaban afiliados al sistema de AFP. Está destinado al cónyuge, conviviente civil, hijo soltero o padres del afiliado titular fallecido.

Pensión de excajas de previsión para madres de hijos de filiación no matrimonial: Las madres solteras de hijos no nacidos en el matrimonio (con un pensionado o imponente fallecido de las excajas de previsión) pueden acceder a un monto mensual. Es imprescindible que el pensionado o imponente fallecido haya reconocido a sus hijos al menos tres años antes de fallecer.

Pensión de Vejez anticipada por realizar trabajos pesados: Es un beneficio monetario mensual que es permanente y de por vida. Si bien entre los requisitos está tener menos de 60 años en mujeres y 65 años en hombres, existe la posibilidad de acceder al monto entre 1 y 10 años antes de la edad mencionada.

Según el IPS, se consideran trabajos pesados los que:

- Producen desgaste orgánico excepcional, por requerir un esfuerzo físico excesivo.

- Se realizan habitualmente a temperaturas excesivamente altas o bajas.

- Se realizan habitual e íntegramente de noche.

- Se realizan en forma subterránea o submarina.

- Se desarrollan en alturas superiores a los 4.000 metros sobre el nivel del mar.

- Se incluyen las actividades que aceleran el desgaste físico, intelectual o psíquico, provocando envejecimiento precoz.

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