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Revisa quiénes son los beneficiarios automáticos de septiembre del IFE Laboral

  • Por Mega.cl
Revisa quiénes son los beneficiarios automáticos de septiembre del IFE Laboral

Durante todo el mes de septiembre estarán disponibles las solicitudes al nuevo IFE Laboral, un beneficio económico creador este 2021 para apoyar la reactivación laboral de nuestro país, durante este segundo semestre. Cabe señalar, que el IFE Laboral, llega para reemplazar al llamado Subsidio al Nuevo Empleo.

El principal requisito para recibir este beneficio es tener un nuevo contrato de trabajo a partir del 1 de agosto. Además, quienes soliciten este dinero tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000) y haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

Montos aumentados para mujeres

Es importante destacar, que el IFE Laboral entregará montos diferenciados entre hombres y mujeres. De esta forma, los hombres mayores de 24 años y menores de 55, recibirán el 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de $200.000 mensuales.

En el caso de las mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 mensuales.

Si bien para recibir el IFE Laboral, es necesario postular a través de https://www.subsidioalempleo.cl/IFELaboral/index.html, hay un grupo de beneficiarios que lo recibirá de manera automática. Se trata de los trabajadores que actualmente reciben el Subsidio al Nuevo Empleo, ya que el IFE Laboral reemplazará momentáneamente a este aporte.

Puesto que el Subsidio al Nuevo Empleo tiene una duración de seis meseshay algunas personas que obtendrá la ayuda hasta los primeros meses de 2022.

Por otro lado, existe un grupo de trabajadores que no podrán recibir dicho beneficio: 

- Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.

- Las personas que estén recibiendo alguno de los beneficios de la Ley de Crianza Protegida.

- Las personas que tengan los efectos de sus contratos de trabajo suspendidos por la Ley de Protección del Empleo.

- Las personas que trabajen en el sector público.

- Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y post natal) al momento de su postulación.

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