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IFE Laboral de septiembre: Te contamos quiénes son los beneficiarios automáticos de $250 mil

  • Por Mega.cl
IFE Laboral de septiembre: Te contamos quiénes son los beneficiarios automáticos de $250 mil

Como una forma de incentivar que los trabajadores se empleen formalmente, otorgándoles un subsidio por la nueva relación laboral, se creó el nuevo IFE Laboral, que además llegó a reemplazar el Subsidio al Nuevo Empleo. Este nuevo aporte estatal tendrá sus postulaciones abiertas durante todo el mes de septiembre y será entregado directamente a los trabajadores o trabajadoras siempre, que su remuneración bruta mensual no exceda de 3 Ingresos Mínimos Mensuales (actualmente $1.011.000).

Por otro lado, los beneficiarios también deben tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación). Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio. Asimismo, quienes postulen deben haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.

Es importante destacar que hay un grupo de trabajadores y trabajadoras que recibirán el pago de forma automática, esto significa que no tienen necesidad de postular al beneficio. Se trata de los beneficiarios del Subsidio al Nuevo Empleoya que el IFE Laboral reemplazará este aporte.

Este aporte entregará montos diferenciados entre hombres y mujeres, los que quedarán de la siguiente forma:

- Los hombres mayores de 24 años y menores de 55, recibirán el 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de $200.000 mensuales.

- Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de la Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 mensuales.

Recuerda que el IFE Laboral es compatible con otros beneficios, como: IFE Universal, Ingreso Mínimo Garantizado,  Subsidio Protege, Bono Trabajo Mujer (BTM), Subsidio Empleo Joven (SEJ) y la Reducción temporal de la jornada de trabajo de la Ley de Protección del Empleo.

Por otro lado, hay personas que no podrán recibir dichos pagos, ellas son:

- Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.

- Las personas que estén recibiendo alguno de los beneficios de la Ley de Crianza Protegida.

- Las personas que tengan los efectos de sus contratos de trabajo suspendidos por la Ley de Protección del Empleo.

- Las personas que trabajen en el sector público.

- Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y post natal) al momento de su postulación.

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