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Este es el último mes para pedirlo: Revisa los requisitos para solicitar el Préstamo Solidario

  • Por Mega.cl
Este es el último mes para pedirlo: Revisa los requisitos para solicitar el Préstamo Solidario

El Préstamo Solidario para la Clase Media puede ser solicitado desde el octavo día de cada mes, y que el pasado 8 de octubre inició su último proceso de entrega en el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Este aporte lo pueden pedir tanto las personas naturales como jurídicas que hayan visto una disminución de al menos un 10% en sus ingresos promedio entre el segundo semestre 2020 y el mismo periodo de 2019.

Además, el ingreso promedio mensual de 2019 debe ser mayor o igual a $298.833, sin tope máximo y a la fecha de publicación de la Ley, no se deben no tener montos pendientes de restituir por haber obtenido indebidamente el Bono y/o Préstamo Solidario 2020.

También se incluyen los pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia que reciban un monto igual o inferior a $408.125.

Este aporte cubre hasta el 100% de la caída en ingresos con un tope de $650.000. La postulación se realiza en el portal de solicitud del SII con la Clave Única o clave tributaria.

En cuanto al pago, la Tesorería General de la República tiene un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud, para otorgar el Préstamo Solidario, cual se deposita en la cuenta indicada por el beneficiario al momento de postular, que puede ser una transferencia bancaria o un retiro presencial en alguna sucursal de BancoEstado.

Cabe destacar que el SII informó que para los beneficiarios de este aporte en los meses de septiembre y octubre, se les realizará una retención del 3% adicional, el que se efectuará de la siguiente forma: 

-Trabajadores independientes en sus boletas de honorarios.
-Trabajadores dependientes en su salario.
-Empresarios individuales o trabajadores independientes que retienen y declaran sus impuestos a través de un aumento del 3% en sus Pagos Provisionales Mensuales (PPM).

Devolución del dinero

La devolución de este crédito blando cuenta con algunas facilidades. Entre ellas, tiene un año de gracia y se paga en cuatro cuotas en UF anuales y sucesivas (a partir de 2023), sin multas ni intereses, que no excederán el 5% de los ingresos anuales. La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres, al 30%.

Para los pensionados, el préstamo deberá ser devuelto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses.

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