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Bono de Reconocimiento: Revisa cuáles son los requisitos y cómo acceder al beneficio

  • Por Mega.cl
Bono de Reconocimiento: Revisa cuáles son los requisitos y cómo acceder al beneficio

El Estado entrega a todos los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), un Bono de Reconocimiento. Este aporte está destinado a quienes imponían en cualquiera de las ex cajas de previsión del régimen previsional antiguo (de reparto).

El dinero que entrega este beneficio se suma a la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado para, de esta forma, aumentar el monto de ahorros acumulados cuando se pensione por vejez o invalidez, o cuando fallezca.

¿Cómo se solicita el Bono de Reconocimiento?

Para solicitar este beneficio el trabajador debe dirigirse directamente en la AFP a la que está afiliada. En el lugar, deberá completar el formulario de Solicitud de Cálculo y Emisión del Bono de Reconocimiento, y el detalle de empleadores cuando corresponda.

Una vez que acceda a los formularios que dispone cada AFP, debe fíjarse que el documento indique en forma clara los siguientes puntos:

- Los datos personales.
- Fecha de afiliación.
- Caja de Previsión a la cual perteneció antiguamente.
- Empleadores.
- Períodos trabajados.

Respecto al monto del beneficio, este se calcula de acuerdo a los períodos de cotizaciones que la persona registre en el antiguo régimen previsional. El valor del bono se reajusta anualmente, de acuerdo al IPC y obtiene un interés del 4% anual, que se capitaliza cada año desde la fecha en que el afiliado ingresó al sistema previsional de AFP.

¿Cuáles son estos requisitos?

Como lo mencionamos anteriormente, el Bono de Reconocimiento lo pueden recibir los imponentes de cualquiera de las exCajas de Previsión del régimen previsional antiguo (de reparto). Para acceder al beneficio, debe cumplir con los siguientes requisitos:

- Tener al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.

- En el caso de no cumplir con lo anterior, se debe registrar, a lo menos, una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.

Este bono le corresponde a todos y todas los ex imponentes cuya última imposición pertenezca a una de las siguientes ex cajas:

Desahucio

- Empart (Caja de Previsión de Empleados Particulares).

- Sepregas (Sección de Previsión Social de los Empleados de la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago).

- Capregil (Caja de Previsión de Trabajadores de Gildemeister).

- Serecch (Sección de Retiro de los Empleados de Mauricio Hochschild).

- Capresal (Caja de Previsión para Empleados del Salitre).

- CBP (Caja Bancaria de Pensiones).

- Sepccu (Sección Especial de Previsión para Empleados de la Compañía de Cervecerías Unidas).

- Capremer (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Empleados y Oficiales).

Indemnización

- SSS (Servicio de Seguro Social).

- Triomar (Caja de Previsión de la Marina Mercante, Tripulantes y Operarios).

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