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Cuarto retiro del 10%: Revisa qué aprobó la Comisión de Constitución y cómo continúa el segundo trámite

  • Por Mega.cl
Cuarto retiro del 10%: Revisa qué aprobó la Comisión de Constitución y cómo continúa el segundo trámite

El pasado martes 27 de octubre, la Comisión de Constitución del Senado aprobó con tres votos a favor y dos en contra el proyecto de ley que establece un cuarto retiro voluntario de fondos de pensión desde las cuentas individuales de las AFP.

Por ahora, se espera que el proyecto se ponga en tabla para su discusión en la Cámara Alta. En esa instancia, la norma requiere del voto favorable de 26 senadores para que sea ley, dado que tiene un quórum de tres quintos.

Respecto a las indicaciones que se aprobaron, el proyecto autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones a realizar de forma voluntaria y excepcionalmente un nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual por cotizaciones obligatorias.

Para ello, se determinó como monto máximo 150 UF ($4.546.500) y un monto mínimo de 35 UF ($1.060.850). Además, si el monto acumulado es menor a 35 UF, se podrá retirar la totalidad de los fondos. 

También, el proyecto permite a quienes cuenten con diagnósticos y tratamientos de alto costo y que acrediten su enfermedad mediante certificado médico de un especialista, retirar el total de los montos acumulados. En estos casos, el máximo fijado es de 1.350 UF (cerca de $34.856.500).

Por último, y si no hay modificaciones en el Senado, la solicitud podría realizarse en los siguientes 730 días (2 años) desde que se publique la ley.

¿Qué falta para que el cuarto retiro sea ley? 

Como mencionamos anteriormente, es turno de que el Senado revise las últimas indicaciones. Para ello, la Sala realiza una votación en general y, por último, la votación en particular.

En el caso de que se apruebe el proyecto sin adiciones a como salió de la Cámara de Diputados, será despachado del Congreso y quedará habilitado para ser promulgado como Ley por el Presidente. Lo mismo ocurre si hay cambios en el proyecto desde el Senado y la Cámara los aprueba.

Sin embargo, en el caso de que el proyecto sea rechazado en el Senado, o bien, la Cámara de Diputados rechace los cambios introducidos, se procede al tercer trámite, donde se crea una comisión mixta de ambas Cámaras. El informe creado por dicha comisión se vota tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado. Si es aprobado por ambas instancias, el proyecto es despachado.

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