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Bono por Hijo: Revisa cuál es el monto de este beneficio y cómo cobrarlo

  • Por Mega.cl
Bono por Hijo: Revisa cuál es el monto de este beneficio y cómo cobrarlo

El Bono por Hijo es una ayuda económica otorgada por el Estado destinado a las madres de 65 años o más y que incrementa el monto de la pensión a través de la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado.

A este beneficio se puede postular todo el año y el aporte no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino que junto a la pensión.

Cabe destacar que en el caso de los hijos adoptivos, el aporte lo recibe la madre biológica y la adoptiva

Respecto a los montos de este beneficio, el bono se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales. A continuación te detallamos cómo calcular el monto que podrías obtener:

- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).

- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.

A modo de ejemplo, la Superintendencia de Pensiones explica que una mujer de 65 años recibiría $422.687 por cada hijo, si se considera el ingreso mínimo de $165.000 vigente en julio de 2009 y una rentabilidad anual del Fondo C del 4,51%.

¿Cómo puedo postular y cobrar este aporte?

Las mujeres que tienen derecho al bono son aquellas afiliadas a una AFP, las beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria y las mujeres que, sin estar afiliada a un régimen previsional, perciben una pensión de sobrevivencia y tengan derecho a Aporte Previsional Solidario (APS). 

Para recibir este beneficio, la mujer debe cumplir con los siguientes requisitos:

- Tener 65 años de edad cumplidos.
- Tener residencia en el territorio chileno durante 20 años a contar de los 20 años de edad. Además, haber vivido en Chile al menos 4 años de los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
- Estar afiliado o afiliada a una AFP.
- No tener pensión antes del 1 de julio de 2009.

Si cumples con las condiciones puedes optar por hacer el trámite de manera online desde el sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS). Para ello, debes ingresar a este enlace, hacer clic en "Pilar Solidario y Bono por Hijo", seleccionar "Bono por Hijo" y luego presionar "ingresar solicitud de Bono por Hijo". El sitio te informará si reúnes con las condiciones y de este modo habrás postulado al beneficio.

También, puedes solicitar el beneficio a modo presencial en la AFP a la que la mujer esté afiliada o en una oficina de Chile Atiende con su cédula de identidad. Si el trámite lo realiza un apoderado, este deberá llevar un poder notarial.

Con respecto a la modalidad de pago, las mujeres afiliadas a una AFP recibirán el dinero del bono junto a la pensión, hasta que se agote la totalidad del monto.

En cambio, el bono se pagará junto a la pensión en forma vitalicia a las beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o de Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), la cual pudo ser otorgada por una AFP, una compañía de seguros o el IPS.

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