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Bono por Hijo: Conoce cuál es el monto que entrega y desde cuándo se comienza a pagar

  • Por Mega.cl
Bono por Hijo: Conoce cuál es el monto que entrega y desde cuándo se comienza a pagar

Como una forma de ayudar a las madres de nuestro país, el Gobierno instauró el Bono por Hijo, un beneficio que tal como dice su nombre, entrega un apoyo económico a las mujeres por cada hijo -nacido vivo o adoptado- y que se entrega al momento de jubilar. 

Este aporte se calcula en base al 10% de 18 ingresos mínimos (monto vigente en julio de 2009 o en el mes de nacimiento del hijo) más la rentabilidad anual promedio del Fondo C del 4,51% (descontadas las comisiones de la AFP).

-Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165.000).
-Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el niño o niña.

Este aporte se dirige a las madres bajo tres causales diferentes. La primera es que esté afiliada a una AFP y haya comenzado a recibir su pensión desde el 1 de julio de 2009. A estos efectos, si la beneficiaria también recibe el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) se podría generar un recalculo en los montos, y si obtiene Garantía Estatal, esta se suspenderá hasta que se acabe la entrega del Bono por Hijo.

La segunda causal es para las madres que reciban la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), a contar del 1 de julio de 2009. Ambos aportes son compatibles y se debe solicitar en una oficina de ChileAtiende.

La tercera causal es para aquellas madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

Los requisitos para obtener el Bono por Hijo son: 

-Tener 65 años cumplidos.
-Residir en Chile por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años y estar en el país por cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación
-Estar afiliada en una AFP y no recibir pensión antes del 1 de julio de 2009.

La solicitud se puede hacer en una oficina de la AFP o ChileAtiende con la cédula de identidad. El trámite no tiene costo alguno. En línea se se puede acceder a la plataforma del IPS y llenar un formulario con los datos requeridos.

Además, el Instituto de Previsión Social (IPS) instauró un sistema de atención con videollamada donde solo se requiere la cédula de identidad. Las beneficiarias necesitan solamente un computador o celular con acceso a internet para hacerlo por esta vía.

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