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¿Quiénes pueden recibir el Bono Post Laboral?: Conoce los requisitos para tener $75 mil mensuales

  • Por Mega.cl
¿Quiénes pueden recibir el Bono Post Laboral?: Conoce los requisitos para tener $75 mil mensuales

Los funcionarios públicos afiliados al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) pueden recibir el Bono Post Laboral, un aporte monetario que para este 2021 asciende a los $75.154 mensuales.

Este beneficio es una ayuda a los trabajadores y trabajadoras que tienen baja tasa de reemplazo en sus pensiones. Además, el Bono Post Laboral no es imponible ni constituye renta o indemnización bajo ningún efecto legal y su derecho a percibirlo finaliza con la muerte del beneficiario. 

Como mencionamos anteriormente, este aporte es exclusivo para funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que estén en las siguientes reparticiones del Estado:

- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Universidades estatales.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- FONADIS.
- SERCOTEC.
- CONAF.

Además, para acceder al Bono Post Laboral se deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Estar afiliado al Sistema de AFP.
- Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
- Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
- Ser funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de ellas al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionario de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener al menos una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior a 55% (esta tasa resulta del cálculo entre monto de la pensión y remuneración).
- Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

¿Cómo puedo acceder al beneficio?

Quienes cumplan con los requisitos, deben solicitar el Bono Post Laboral dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión, es decir, 60 años en mujeres y 65 años en el caso de los hombres.

Para realizar la solicitud, el trabajador debe dirigirse a la jefatura superior del servicio u organismo en que se encuentre desempeñando funcionesRespecto al cálculo de la tasa de reemplazo, la Superintendencia de Pensiones le corresponderá realizar la labor a solicitud del organismo empleador del trabajador.

En tanto que, el valor del Bono Post Laboral, es pagado por la Tesorería General de la República y se entrega mensualmente junto a la pensión de vejez que recibe el beneficiario, a través de la Administradora de Fondo de Pensiones AFP o Compañías de Seguros, en la cual se encuentra afiliado el trabajadora o trabajadora.

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