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Desde $13 mil al mes por carga familiar: Revisa quiénes pueden recibir el Subsidio Único Familiar

  • Por Mega.cl
Desde $13 mil al mes por carga familiar: Revisa quiénes pueden recibir el Subsidio Único Familiar

El Subsidio Único Familiar (SUF) es una ayuda económica que se entrega a todas las familias que pertenecen al 60% más vulnerable del país, según el Registro Social de Hogares (RSH).

Este aporte busca, a través de un pago mensual, ser un apoyo para las personas que no están en condiciones de proveer por sí solas o en grupo familiar, en la mantención y crianza de menores de 18 años. 

Respecto al monto de este beneficio, el Subsidio Único Familiar entrega $13.832 por cada carga familiar. Por lo que si en el grupo familiar hay más integrantes entonces aumenta el monto final del subsidio. En el caso de las personas con discapacidad, el aporte del subsidio es el doble ($27.664).

Cabe mencionar que las solicitudes del Subsidio Familiar deben ser presentadas en la municipalidad correspondiente, y esta se encargará de comprobar la calidad de beneficiario y la existencia de los requisitos y antecedentes.

¿Quiénes pueden recibir este aporte?

Es importante distinguir entre el causante del Subsidio Familiar, a quienes se les otorga este aporte, y los beneficiarios del subsidio, es decir, quienes finalmente reciben este aporte. Respecto a este último, el aporte va dirigido a las siguientes personas: 

- La madre.

- En su defecto, el padre.

- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.

- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o invalidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.

- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

En tanto, el beneficio se entrega por causantes que tengan la siguiente condición:

- Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. En caso de los niños mayores de 6 años se debe acreditar que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes.

- Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley N° 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.

- Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.

En el caso de las embarazadas, pueden solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación, momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar, al pasar a ser "causante madre".

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