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Guía de Bonos 2022: Revisa todos los detalles de los beneficios que puedes recibir

  • Por Mega.cl
Guía de Bonos 2022: Revisa todos los detalles de los beneficios que puedes recibir

Debido a la pandemia del Coronavirus, un gran número de personas perdieron su fuente de ingresos. Por esta razón, los beneficios que entrega el Gobierno se convirtieron en el principal soporte económico para muchas familias en el país.

Cabe señalar, que beneficios, están destinados a distintos grupos, como estudiantes, jóvenes, mujeres, adultos mayores y trabajadores, los que se continuarán entregando en este 2022

¿Qué bonos se entregarán este 2022?

Bono de Vacaciones: 

Este beneficio está dirigido a trabajadoras y  trabajadores del sector público. Es un ingreso que se recibe en enero del 2022.

No es necesario postular al beneficio, ya que las y los funcionarios públicos que cumplan con los requisitos lo reciben automáticamente en su remuneración.

¿Cuáles son los requisitos?

- Ser trabajador del sector público

- Remuneración liquida igual o inferior a $842.592.

- Remuneración inferior a $2.790.225.

¿Cuál es el monto que se recibe?

Tras el Reajuste del Sector Público, los montos del bono de vacaciones para el año 2022 son:

- $100.000 para los trabajadores con una remuneración líquida que sea igual o inferior a $842.592

- $50.000 para aquellos trabajadores con una remuneración líquida superior a $842.592 e inferior a $2.790.225.

IFE Laboral:

El IFE Laboral es un incentivo para que los trabajadores y trabajadoras se empleen formalmente.

Los montos a recibir dependerán del sexo y edad del trabajador: para las mujeres, los jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad acreditada y asignatarios de pensión, será del 60%, con un máximo de $250.000.

¿Cuáles son los requisitos? 

- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo en el mes anterior a la postulación).

- Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.011.000).

- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. 

Postulación:

La postulación se puede realizar desde el 1 al 31 de enero de 2022, para contratos realizados entre el 1 de diciembre de 2021 y 31 de enero de 2022.

Aporte Familiar Permanente

El Aporte Familiar Permanente, también conocido como "Ex Bono Marzo" es uno de los aportes estatales más importantes, este beneficio monetario NO postulable está destinado a las familias de menores ingresos del país.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a este beneficio?

- Ser beneficiario del Subsidio Familiar.

- Haber recibido pagos por Asignación Familiar o Maternal.

- Haber pertenecido al Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar).

- Haber pertenecido a Chile Solidario hasta diciembre de 2021.

¿Cuál es el monto a recibir? 

En el 2021, el pago de este beneficio correspondía a $49.183 por cada causante del subsidio familiar o por cada familia, dependiendo del caso.

Para el 2022, el monto exacto del Ingreso Familiar Permanente aún no se puede conocer, debido a que el IPC anual no está disponible.

Pero, según una estimación realizada con el IPC acumulado actual, el monto del bono en 2022, podría ser cercano a:

- $51.938, según la calculadora del IPC del INE.

Sin embargo, la calculadora del IPC no permite calcular valores futuros, por lo que esta estimación puede cambiar. 

¿Cuándo se realizará el pago de este beneficio? 

El Instituto de Previsión Social (IPS) aun no ha informado las fechas de pago del Aporte Familiar Permanente para 2022.

Sin embargo, y si se considera la fecha de pago del 2021, estos son los posibles plazos para el pago de este beneficio para el 2022:

Grupo 1: Correspondiente a personas beneficiarias de Subsidio Familiar, Chile Solidario o del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), que reciben el pago habitual de sus beneficios entre el 15 y el 28 de febrero. La fecha estimada es desde el 15 de febrero.

Grupo 2: Correspondiente a quienes quienes cobran desde el 1 de marzo sus beneficios por Subsidio Familiar, Chile Solidario o el Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), a través del IPS. También desde el 1 de marzo se paga a pensionados del IPS con cargas familiares. La fecha estimada es desde el 1 de marzo.

- Grupo 3: Corresponde a trabajadores y trabajadoras, y también pensionados de entidades distintas al IPS, que cobran Asignación Familiar o Maternal por sus cargas familiares La fecha es desde el 15 de marzo.

Subsidio Protege

El Subsidio Protege es un aporte que busca subsanar los gastos relacionados al cuidado de los niños, este beneficio estatal se le otorga a todas las madres, padres o cuidadores de menores que no tienen garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador.

¿Cuáles son los requisitos para postular?

- Podrán ser beneficiarios las madres trabajadoras, dependientes o independientes, que tengan a su cargo el cuidado de un niño o niña menor de dos años. Alternativamente, los padres trabajadores, dependientes o independientes, que tenga el cuidado personal de manera exclusiva, o aquél que se le haya otorgado el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.

- Que el trabajador(a) esté trabajando, ya sea de forma presencial o en modalidad de teletrabajoa distancia o mixta.

Además, debe cumplir con el siguiente mínimo de cotizaciones según el tipo de trabajador (dependiente o independiente):

Trabajadoras dependientes: tener 4 cotizaciones (Salud y AFP) pagadas en los últimos 12 meses previos a la postulación. Una de estas 4 cotizaciones debe ser del mes previo a la postulación. Ejemplo: Si usted postula en febrero 2021, debe tener pagada la cotización de la remuneración de enero 2021 y al menos otras 3 cotizaciones entre febrero 2020 y diciembre 2020.

Trabajadoras independientes: haber cotizado como independiente en la última operación renta (2020 y 2021) con aporte de cotizaciones Total o Parcial, o bien, cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.

¿Cómo debo postular al benefcio? 

El trámite se realiza en línea, no tiene costo y sólo necesitas tener tu ClaveÚnica. Aquí te mostramos el paso a paso de tu postulación:

Ingresar al sitio web www.selp.sence.gob.cl

- Una vez en el sitio web, haz clic en "iniciar sesión". 

- Completa tus datos de RUT y Clave Única. Haz clic en "continuar" y luego en "postular".

- Debes completar el formulario con los datos requeridos. Tras la lectura en la declaración y los términos, puedes aceptar y hacer clic en "enviar solicitud".

Al finalizar estos pasos la postulación estará completa. Una vez realizada, te llegará un correo electrónico confirmando el trámite, puede revisar el estado de este en la misma página web donde se realizó, ingresando con la ClaveÚnica.

Cabe mencionar que los pagos de este beneficio tienen un mes de desfase, por lo que los postulantes del primer mes de 2022 recibirían los pagos a partir de febrero.

 

Bono con Cargo Fiscal

El Bono de Cargo Fiscal es un beneficio monetario de $200.000 dirigido a los afiliados y pensionados que, producto de los primeros dos procesos de retiro del 10% de los ahorros previsionales, hayan registrado en algún momento saldo cero en su cuenta entre el 30 de julio 2020 y el 31 de marzo 2021.

¿Cómo puedo solicitar los $200 mil?  

El Bono con Cargo Fiscal se puede solicitar en el sitio web habilitado por tu respectiva AFP.

Para solicitar el Bono de Cargo Fiscal de $200 mil y el Bono Complementario, debes ingresar al sitio con el número de serie o documento de tu cédula de identidad.

En el sitio, los usuarios deben completar el formulario con sus datos y método de pago; y la AFP tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago.

Revisa aquí el sitio web oficial en el que puedes solicitar tu Bono con Cargo Fiscal y Bono Complementario, según la AFP en la que te encuentras afiliado:

AFP Capital

AFP Cuprum

AFP Habitat

AFP Modelo

AFP PlanVital

AFP ProVida

AFP Uno

Ingreso Mínimo Garantizado

Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), es un aporte económico dirigido a trabajadores y trabajadoras con jornadas de más de 30 hasta 45 horas semanales, el subsidio permite aumentar los ingresos de los trabajadores de manera que se pueda garantizar un sueldo liquido de $319.600 pesos.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el IMG?

Este subsidio es entregado a todos los trabajadores y trabajadoras dependientes con bajos sueldos en el país, que cumplan con los siguientes requisitos:

- Tener un contrato suscrito al Código del Trabajo.
- Tener un sueldo bruto menor a $421.250.
- El contrato debe ser una jornada ordinaria superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
- Tener una calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de  Hogares (RSH).

¿Cómo postular el Ingreso Mínino Garantizado?

- Haga clic en el siguiente enlace.

- Una vez en el sitio web de la institución, en la sección "postula", ingrese su RUT y su fecha de nacimiento, seleccione "no soy un robot", y haga clic en "postular".

- También puede ingresar con su ClaveÚnica, haciendo clic en "ClaveÚnica" e ingresando los datos solicitados.

- Complete la información solicitada e ingrese los datos bancarios para que se le deposite el subsidio. Si no posee una cuenta en la que se le pueda pagar el beneficio, podrá abrir una CuentaRUT del BancoEstado en el mismo formulario.

- Seleccione que ha leído la declaración jurada y que acepta sus condiciones.

- Haga clic en "enviar".

- Como resultado del trámite, habrá postulado al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y recibirá un comprobante de su solicitud.

Bono al Trabajo de la Mujer

Este beneficio estatal está dirigido a mujeres trabajadores mayores de 25 años que formen parte del 40% más vulnerable, según el Registro Social de Hogares. 

¿Cuáles son los requisitos para postular? 

- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).

- Estar trabajando de manera dependiente o independiente.

- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).

- Tener cotizaciones al día.

- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

Si cumples con estos requisitos, puedes ingresar aquí. 

¿Cómo se recibe el pago? 

Existen dos modalidades de pago, Anual y Mensual:

- Pago anual: percibir una renta bruta anual inferior a $6.018.539.

- Pago mensual: percibir una renta bruta mensual inferior a $501.545

 

Subsidio al Empleo Joven

Este subsidio es un beneficio en dinero que otorga el Estado para mejorar el ingreso de jóvenes trabajadores que tengan entre 18 a 25 años, aunque también puede extenderse a los 27 años. 

¿Cuáles son los requisitos para obtener este beneficio?

1. Para postular (Aún no te hace beneficiario): 

-Tener 18 a 24 años, 10 meses de edad.

-Estar trabajando de manera dependiente o independiente.

-Pertenecer al 40% más vulnerable de la población (según Registro Social de Hogares).

-En caso de tener 21 años de edad o más, contar con licencia de educación media.

Si cumples con estos requisitos, debes ingresar aquí

2. Para ser beneficiario (Recibes el pago):

-Pago anual: no percibir una renta bruta anual igual o superior a $6.018.539.

-Pago mensual: no percibir una renta bruta mensual superior a $501.545.

-Tener las cotizaciones al día.

-No trabajar en alguna institución del Estado o empresa con aporte estatal superior al 50%.

-En caso de tener 21 años de edad o más, contar con licencia de educación media.

Bono por Formalización

Este beneficio no postulable es un aporte económicoestatal que está dirigido a las personas o familias usuarias de Chile Seguridades y Oportunidades y que esten activas en su proceso de Acompañamiento Sociolaboral de los programas Familias, Abriendo Caminos o Calle. 

El Bono por Formalización busca reforzar la integración de las personas en el mundo laboral. Para eso se entrega por única vez un monto de $226.967. 

Bono de Invierno

El Bono Invierno es un beneficio que entrega dinero a las personas pensionadas que cumplan con los requisitos establecidos.

¿Cuále sosn los requisitos para optar a este beneficio? 

Para optar al beneficio del Gobierno solo se necesita tener 65 o más años, y recibir una pensión inferior o igual al valor de la Pensión Mínima de Vejez vigente para mayores de 75 años. Además, deben ser pensionados de alguna de las siguientes instituciones:

- Instituto de Previsión Social (IPS)

- Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

- Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).

- Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

- Mutualidades de empleadores.

El beneficio incluye a los pensionados del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) y los beneficiarios pensiones básicas solidarias de Vejez (PBSV).

Sin embargo, el beneficio excluye a los:

- Pensionados del artículo 1 y pensionadas de viudez de la Ley Valech

- Titulares del Subsidio Discapacidad Mental, por no estar expresamente contemplados en la ley y por no cumplir el requisito de edad.

- Titulares de indemnización del carbón , por no estar contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden recibir el Bono de Invierno 2020, a pesar de que sumen menos del tope de $166.191.

 

Bonos Bodas de Oro

El Bono Bodas de Oro es un beneficio económico que se otorga a parejas que demuestren 50 años de matrimonio, y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

¿Cuáles son los requisitos?

- Que los cónyugues no se encuentren separados o divorciados.

- Que  pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.

- Que convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía.

- Acreditar residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años.

Las personas viudas tendrán derecho al bono en los siguientes casos:

- Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha.

- Si cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. 

 

Bono por Hijo

Este beneficio está dirigido a mujeres madres con el que se incrementa el monto de la pensión a través de la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado que cumplan con los requisitos.

¿Cuáles son los requisitos?

- Estar afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.

- Ser madres titulares de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), a contar del 1 de julio de 2009.

- Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

- Tener 65 años de edad o más.

- Residir en territorio chileno por un período de 20 años, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.

 

Bono de Reconocimiento

Este beneficio estatal está dirigido a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al sistema de AFP.

¿Cuáles son los requisitos de este beneficio? 

- Tener al menos doce cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.

- Si no cumplen el requisito anterior debe registrar, a lo menos una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.

Bono Control Niño Sano

El Bono Control Niño sano es un beneficio NO postulable dirigido a familias que tengan integrantes menores de 6 años, que acrediten tener al día el Control de Salud Niño Sano de los niños y niñas a su cargo. Este ingreso es entregado por el Ministerio de Desarrollo Social a través del programa Chile Seguro y Oportunidades.

¿Cuáles son los requisitos del Bono?

- Estar recibiendo el Bono de Protección y el Bono Base Familiar.

- Que la familia tenga integrantes menores de 6 años al 31 de marzo del año respectivo.

- Que haya acreditado tener al día el control de salud de niño sano, según el procedimiento respectivo.

 

Bono Base Familiar

El Bono Base Familiar, es un aporte estatal NO postulable, que está dirigido a familias que se encuentren en situación de pobreza extrema y pertenezcan a un programa de protección social estatal.

 ¿Cuál es el monto de este beneficio? 

Este aporte cubre el 85% de la diferencia entre los ingresos mensuales per capita y el valor de la línea de pobreza extrema ($42.821) de quien sea beneficiario. El monto del bono varía mensualmente, dependiendo de la situación económica

¿Quién recibe los pagos?

El pago de este bono se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, dándole prioridad a las mujeres, según el siguiente orden de prioridad:

- Prioridad 1: madre de menores de edad o cuyos hijos tengan certificados de invalidez o discapacidad mental. También lo pueden recibir las madres de causantes del Subsidio Familiar.

- Prioridad 2: mujeres mayores de 18 años que sean jefas de hogar o pareja del jefe de hogar.

- Prioridad 3: mujeres mayores de edad que sean dueñas de casa.

- Prioridad 4: si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.

- Prioridad 5: si no se cumplen las condiciones anteriores, obtendrá el monto cualquier mujer mayor de 18 años. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.

- Prioridad 6: en caso de que en el hogar no haya ninguna persona que cumpla con los requisitos anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

¿Cómo será el pago?

El pago de este beneficio puede ser según depósito en la cuenta bancaria del cobrador de la familia, o en CuentaRUT que abre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, sin costo para el usuario. Para esta modalidad se aplica un subsidio equivalente a $700 mensuales que permite realizar dos giros mensuales y emitir una cartola bancaria.

Otra opción de pago es de manera presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de Banco Estado correspondiente al domicilio del beneficiario, donde debe presentarse portando su cédula de identidad.

Bono Logro Escolar

Este beneficio está destinado a familias que tengan entre sus integrantes a personas cursando entre quinto básico a cuarto medio, A esta gratificación no se postula y además forma parte del Ingreso Ético Familiar (IEF).

¿Cómo sé si me corresponde el Bono Logro Escolar? 

- Ingresar a la página oficial del beneficio

- Luego, debes ingresar tu RUT y fecha de nacimiento o tu Clave Única.

- Tras eso, el sistema te dirá automáticamente si eres beneficiario o no.

Bono por Asistencia Escolar

Este beneficio NO postulable está dirigido a se entrega a familias usuarias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades, cuyos hijos e hijas de entre 6 y 18 años de edad, que mantengan un 85% de asistencia mensual y se encuentren estudiando en una institución educacional reconocida por el Estado. 

El aporte corresponde a $7000 mensuales por niño, sólo si este mantiene el porcentaje requerido. 

Bono de Graduación Cuarto Medio

Este beneficio NO postulable, se trata de un aporte de $56.747 que se paga por una sola vez y en una cuota al integrante del grupo familiar que se gradúe de cuarto medio. Está dirigido a familias que estén en un programa del Subsistema Seguridades y Oportunidades del Ingreso Ético Familiar (IEF). 

Dentro de los requisitos para optar a este beneficio, se encuentra el de tener 24 años o más al momento de obtener la licencia de enseñanza media.

Aguinaldos

Este año corresponde la entrega de aguinaldos de Navidad y de Fiestas Patrias, estos son montos que entrega el Estado a los funcionarios del sector público y a los pensionados tienen como finalidad el mejorar sus ingresos durante septiembre y diciembre.

¿Cuáles son los montos a recibir?

- Pensionados: En septiembre recibirán un aguinaldo de $21.882, mientras que para Navidad obtendrán $25.150.

Empleado Públicos: Para Fiestas Patrias tendrán un aguinaldo de $81.196 o de $56.365, según su sueldo, mientras que en Navidad recibirán un aguinaldo de $63.062 o de $33.358, también dependiendo de la remuneración que tengan.

 

Subsidio Único Familiar

Este beneficio está dirigido a familias que pertenecen al 60% de la población más vulnerable. 

Las solicitudes del Subsidio Familiar deben ser presentadas ante la municipalidad correspondiente, la que se encarga de comprobar la calidad de beneficiario y la existencia de los requisitos y antecedentes.

¿Quiénes reciben el aporte? 

Este beneficio lo reciben quienes no pueden proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación. De ese modo, el aporte va dirigido en el siguiente orden a:

- La madre.

- En su defecto, el padre.

- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.

- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.

- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

El beneficio se entrega por causantes (Cargas familiares) que tengan la siguiente condición:

- Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. En caso de los niños mayores de 6 años se debe acreditar que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes.

- Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.

- Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.

Asignación Familiar

Este beneficio es un es un subsidio estatal para los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, por las personas que vivan a sus expensas y cumplan con los requisitos establecidos en la ley. 

¿Quiénes pueden optar a este beneficio?

- Trabajadores dependientes sector público y privado.

- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1 de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.

- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.

- Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).

- Pensionados de cualquier régimen.

- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.

- Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.

- Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.

- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.

- Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez. Solo en relación con su descendencia.

- Beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.

Las personas por la que se cobra Asignación Familiar (causantes de Asignación Familiar) son:

- Cónyuge.

- Cónyuge embarazada.

- Trabajadora embarazada.

- Cónyuge masculino, siempre que sea inválido y viva a expensas de su mujer.

- Hijos o hijastros, hasta los 18 años  o 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad.

- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos).

- Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido.

- Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.

- Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno.

- Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial. 

¿Cómo se puede solicitar el beneficio? 

Para solicitar la Asignación Familiar, la persona debe tener reconocidas y acreditadas sus cargas familiares. Este trámite se realiza ante el organismo que administra las cargas familiares del trabajador, puede ser una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otras. 

Una vez realizado el reconocimiento de cargas familiares, el beneficiario comenzará a recibir el pago del beneficio.

 

Asignación Maternal 

Este beneficio es un subsidio estatal para las trabajadoras embarazadas y los trabajadores, respecto de sus cónyuges embarazadas, que sean causantes de Asignación Familiar que se paga por todo el periodo que comprende el embarazo.

¿Quiénes son beneficiarios de este aporte? 

- Trabajadoras embarazadas dependientes, independientes afiliadas a un régimen de previsión y en goce de subsidio de cualquier naturaleza (exceptuando el subsidio maternal o familiar).

- Los trabajadores respecto de sus cónyuges embarazadas y causantes de Asignación Familiar de trabajadores dependientes, independientes y en goce de subsidio de cualquier naturaleza.

¿Cómo solicitar el aporte?

- Reunir los documentos requeridos.

- Presentarse en un Centro de Atención IPS-ChileAtiende.

- Explicar el motivo de su visita: solicitar la Asignación Maternal

- Entregue los antecedentes requeridos.

Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio. Si cumple los requisitos, podrá recibir inmediatamente dos copias de la resolución de autorización de la Asignación Maternal. Éstas deben ser presentadas a su empleador y al Fondo Nacional de Salud (FONASA) o ISAPRE respectiva. 

¿Cuáles son los documentos requeridos para solicitar el aporte? 

Si es trabajadora:

- Cédula de identidad (vigente) nacional o emitida para extranjeros residentes en Chile.

- Poder notarial simple, si el trámite es realizado por un apoderado.

- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Si es carga del trabajador:

- Autorización de carga familiar del trabajador.

- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo. Éste debe ser emitido por el Servicio de Salud Pública o por un facultativo privado (médico o matrona), siempre que el certificado respectivo esté, además, visado por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

 

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