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Cambio de orden de los apellidos: ¿Cómo puedo hacer el trámite?

  • Por Mega.cl
Cambio de orden de los apellidos: ¿Cómo puedo hacer el trámite? Javier Salvo/Aton Chile

El pasado 11 de enero entró en vigencia la Ley 21.334, la que permite a las y los mayores de edad solicitar al Registro Civil e Identificación el cambio de orden de apellidos mediante un trámite administrativo, simplificando el proceso que debía realizarse mediante un procedimiento judicial. 

Esta nueva norma además permite que los padres -de común acuerdo- determinen el orden de apellidos de sus hijos al momento de inscribir su nacimiento.

Ante esto, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, indicó que “esta nueva ley ha hecho latente un sentimiento ciudadano muy profundo, que estaba medio oculto, y que era la necesidad de miles de chilenos y chilenas de cambiar el orden de sus apellidos”.

¿Cómo puedo solicitar el cambio en el orden de los apellidos?

Para  poder solicitar el cambio en el orden de los apellidos, debes ingresar al sitio web dispuesto por el Registro Civil. En el sitio aparecen los formularios a completar según corresponda al caso. Si los formularios no son presentados en el Registro Civil no se podrá realizar el trámite.

Para agendar una hora presencial para realizar el trámite, hay que seguir los siguientes pasos:

- Ingresar al sitio web y hacer clic en “iniciar trámite”.

- Seleccionar el trámite “rectificación” y escoger "orden de apellido hijos inscritos" u "orden de apellido mayo de edad", según sea el caso.

- Ingresar los datos personales de quien solicita la hora.

- Seleccionar la oficina y hora en la cual se realizará el trámite.

- Agendar la hora de atención presencial.

¿Quiénes se pueden cambiar el orden de los apellidos?

El cambio en el orden de los apellidos lo pueden realizar:

Mayores de 18 años: Pueden solicitar, por una sola vez, el cambio en el orden de sus apellidos mediante un trámite en el Registro Civil. La modificación se transmitirá a sus hijos menores de edad. Si estos son mayores de 14 y menores de 18 años, deben firmar un consentimiento el día de la solicitud.

Menores de edad ya inscritos: Los padres podrán solicitar el cambio de orden de sus apellidos de sus hijos e hijas menores de edad ya inscritos, hasta un año después desde el día de entrada en vigencia de la ley, es decir, hasta el 11 de enero de 2023.

Padres de recién nacidos: Pueden establecer el orden de los apellidos de su primer hijo o hija, el cual se extenderá al resto de los hijos que tengan en común. En las inscripciones de nacimiento en que se invierta el orden de los apellidos hay que presentar un “formulario de acuerdo” firmado por ambos padres. En caso de que falte una de las firmas, el oficial civil hará un sorteo lanzando una moneda al aire para determinar el orden.

¿Cuál es el costo del trámite? 

Costo del trámite: El trámite de rectificación es gratuito, sin embargo, se deben renovar los documentos de identidad (cédula de  identidad y/o pasaporte,) que reflejarán el cambio de orden de apellidos, los cuales deberán ser pagados de acuerdo al valor establecido

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