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Beneficios para cesantes: Revisa los aportes monetarios que puedes recibir

  • Por Mega.cl
Beneficios para cesantes: Revisa los aportes monetarios que puedes recibir

Debido a los momentos difíciles que ha pasado el país y el mundo por la pandemia de Covid, todavía hay personas cesantes, representando un 7,8% en la tasa de desempleo que se registró en marzo, según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

Sin embargo, el Estado tiene una serie de beneficios y derechos para aquellos que han perdido su trabajo por distintas razones, con el fin de compensar los momentos dificiles que genera la cesantía.

En ese sentido, uno de los principales pasos a seguir cuando se está cesante, es exigir al empleador un finiquito que garantice que la relación laboral ha terminado. Asimismo, se deberá dar aviso a las instituciones de salud Fonosa o Isapre, según corresponda.

Estos son los beneficios que puedes optar en el caso de quedar cesante:

Seguro de Cesantía: 

Los trabajadores dependientes con contrato de trabajo indefinido, a plazo fijo, por obra o servicio, que hayan firmado su contrato desde el 02 de octubre del 2022, tienen derecho a un Seguro de Cesantía.

Este seguro está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con el fin de cuando la persona quede cesante, se pueda retirar el dinero acumulado en esta cuenta mediante giros mensuales,  según el porcentaje de remuneración.

Eso sí, este seguro es para trabajadores que estén afiliados al Fondo Nacional de Salud (Fonasa), junto con otros requisitos que puedes leer en el siguiente enlace: AQUÍ.

Fondo de Cesantía Solidario: 

El Fondo de Cesantía Solidario lo pueden obtener quienes estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), y no tengan recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía al momento de perder su trabajo. Asimismo, quienes hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía, también podrán postular.

Entre los requisitos para postular al Fondo de Cesantía Solidario, están:

- Estar cesante.

- Tener recursos insuficiente en su cuenta individual de cesantía.

- Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario, en los 24 meses antes del despido.

- Sus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.

- El contrato de trabajo debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio; y deben activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.

Subsidio de Cesantía

Está destinado a los trabajadores que no tienen derecho al Seguro de Cesantía, y consiste en un aporte mensual por una duración máxima de 360 días para quienes estén cesantes.

Asimismo, da derecho a atención médica gratuita, recibir Asignación Familiar o Maternal, y a la Asignación por Muerte.

Este Subsidio debe ser solicitado a la institución previsional que corresponda con el cesante. Puede ser Instituto de Previsión Social (IPS), o cajas de compensación.

Cuenta de Ahorro de indemnización

Los trabajadores que hayan quedado cesantes, pueden cobrar una indemnización por término de contrato, que complemente o sustituya la indemnización legal por años de servicios.

Este beneficio debe ser cobrado en las mismas AFP, presentando los contratos (finiquitos) que aseguren que existe un término de relación laboral. Cabe destacar, que esta cuenta de indeminzación es independiente a la cuenta de ahorros previsionales y cuenta de ahorro voluntario.

Bolsa Naciona del Empleo

Finalmente, quien esté cesante puede utilizar la Bolsa Nacional de Empleo, una plataforma en línea creada para buscar empleo.

Cualquier persona mayor de 18 años puede inscribirse de forma gratuita a la Bolsa Nacional de Empleo. Además, es requisito estar inscrito en esta plataforma para postular al Fondo de Cesantía Solidario.

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