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Subsidio para la casa propia sin crédito hipotecario: Conoce los requisitos del Subsidio DS49

  • Por Mega.cl
Subsidio para la casa propia sin crédito hipotecario: Conoce los requisitos del Subsidio DS49

El Subsidio DS49 es un aporte estatal que permite a las familias que no son dueñas de una vivienda, y viven en una situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional, comprar una vivienda construída sin deuda hipotecaria, o bien, integrarse a una de las iniciativas de la nómina de proyectos habitacionales del SERVIU de la región.

El proceso de postulación no tiene costo y puede hacerse en la página del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).

¿A quién va dirigido el Subsidio DS49?

Este Subsidio va dirigido a las personas chilenas o extranjeras mayores de 18 años que cumplan los siguientes requisitos:

- Postular con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares (RSH).

- Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).

- Pertenecer al 40% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH).

- No poseer una vivienda o ser beneficiario de otro aporte habitacional.

- Tener el ahorro mínimo de 10 UF ($326.063 pesos) acreditado en la fecha que corresponda (según el mes en que postulen).

De forma excepcional, pueden postular personas sin núcleo familiar al Subsidio DS49, si cumple estos requisitos:

- Tener alguna discapacidad acreditada en la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin).

- Ser adultos mayores de 60 años o más.

- Tener calidad de indígenas

- Ser viudo o viuda.

- Estar reconocidas como víctimas en el informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura; o en la nómina elaborada por la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados políticos, y Víctimas de Prisión Política y Tortura.

¿De cuánto es el Subsidio DS49?

El aporte del Estado está compuesto por un Subsidio base de 314 UF ($11 millones aproximadamente). Que puede aumentar según la ubicación de la vivienda y al que se suman subsidios complementarios, dependiendo de las características del grupo familiar que postula y de la vivienda que se busca comprar.

Asimismo, los montos establecidos son:

- Subsidio base desde 314 UF ($11 millones aproximadamente), que varía dependiendo de la comuna donde se ubica vivienda.

- Subsidios complementarios (según características de la vivienda y núcleo familiar).

- Diferenciado a la localización (zonas urbanas): 200 UF (6,5 millones aprox.).

- De factibilización (zonas rurales): 120 UF (3,9 millones aprox.).

- Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF (3,5 millones aprox.).

- Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF (entre 600 mil y 2,6 millones aprox.).

- Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2): hasta 50 UF (1,6 millones aprox.).

- Premio al ahorro adicional (más de 10 UF al momento de postular): hasta 30 UF (970 mil pesos aprox.).

¿Dónde hacer la solicitud al Subsidio DS49?

Para hacer la solicitud del Subsidio DS49 hay que dirigirse al Portal de Consulta Ciudadana del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Puedes ingresar al Portal en el siguiente enlace: AQUÍ.

¿Qué papeles debo tener para postular al Subsidio DS49?

Quienes postulen deberán presentar:

- Cédula de identidad (original y fotocopia).

- Las personas extranjeras deberán presentar certificado de permanencia definitiva.

- Declaración de núcleo familiar y de no tener propiedad habitacional.

- Declaración jurada de postulación.

En el caso de tener ahorros para la vivienda, debe presentar:

- Fotocopia de la libreta de ahorro o certificación.

- Mandato de ahorro firmado por el titular de la cuenta de ahorro.

- En el caso de que el ahorro no esté certificado por alguna identidad con convenio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, presentar datos del titular, tipo y número de cuenta, saldos semestrales, saldo final, fecha de apertura de la cuenta, y fecha de emisión del certificado.

En este aspecto, de que el postulante esté divorciado y su excónyuge haya adquirido el Subsidio DS49, se debe presentar el certificado de divorcio. Asimismo, si el postulante está divorciado de hecho, debe presentar los documentos que acrediten el inicio del trámite de divorcio.

Para ver todos los detalles de la postulación puedes ir al siguiente enlace: AQUÍ.

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