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Confirman fecha de postulación al Subsidio de Arriendo Adulto Mayor: Revisa quiénes podrán recibir este dinero

  • Por Mega.cl
Confirman fecha de postulación al Subsidio de Arriendo Adulto Mayor: Revisa quiénes podrán recibir este dinero

Desde el Ministerio de Viviendo y Urbanismo (Minvu) ya anunciaron la fecha en la que comenzarán las postulaciones al Subsidio de Arriendo para adultos mayores, las que se podrán realizar de forma online o bien de manera presencial en las oficinas del Serviu.

Entre el 23 de agosto y el 17 de octubre estarán disponibles las solicitudes a esta aporte destinado a personas mayores de 60 años que no tienen una vivienda y se encuentran dentro del 70% de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares (RSH). Cabe señalar que los y las beneficiarias reciben un subsidio mensual que les permite cubrir entre el 90% y 95% del arriendo mensual dependiendo del porcentaje de vulnerabilidad del RSH.

¿Cuáles son los montos que se cubren?

Con este subsidio, las personas mayores pueden arrendar una vivienda cuya renta mensual no exceda las 11 UF (368.500 aprox) en zona regular y las 13 UF (435.000 aprox) si arriendan en comunas de la Rehgión Metropolitana, de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Aysén y Magallanes.

Es importante destacar que no se requiere un ahorro mínimo ni estar arrendando al momento de postular.

¿Cuáles son los requisitos del Subsidio de Arriendo?

- Tener más de 60 años al momento de postular o cumplirlos durante este año calendario (2022)

- Estar dentro del 70% de la población más vulnerable acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH)

- Acreditar un ingreso mínimo 5 UF ($167.085), equivalente a la Pensión Básica Solidaria de Vejez vigente al 2022.

- No se debe contar con un ahorro mínimo

Para facilitar el acceso de las personas mayores a este llamado se permitirá que postulen quienes:

- Se encuentren postulando al Fondo Solidario de Elección de vivienda DS49

- Tienen derecho en comunidad sobre una vivienda. Aplica para el postulante, su cónyugue y su núcleo familiar.

- Obtuvieron una vivienda o subsidio habitacional y actualmente no son propietarios o propietarias de una vivienda

- Fueron beneficiarios o beneficiarias anteriormente de un subsidio de arriendo (si está caducado y sin deuda vigente)

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