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Plebiscito 2022: Te contamos cuándo se publicará la nueva nómina de vocales de mesa reemplazantes

  • Por Mega.cl
Plebiscito 2022: Te contamos cuándo se publicará la nueva nómina de vocales de mesa reemplazantes

El pasado sábado 13 de agosto se publicó la nómina de vocales de mesa y locales de votación para el próximo plebiscito de salida que será el 04 de septiembre del 2022.

Los vocales de mesa tendrán la obligación de asistir a realizar su deber cívico. En el caso de no asistir, podrán arriesgarse a multas que llegan hasta las 8 UTM ($470.176 mil pesos).

Sin embargo, El Servicio Electoral (Servel) abrió hasta el jueves 18 de agosto el proceso para que los vocales de mesas puedan presentar excusas y ser reemplazados.

¿Cómo presentar excusas para no ser vocal de mesa?

El proceso para presentar excusas comenzó el pasado martes 16 y terminará este jueves 18 de agosto, donde los vocales deberán presentarlas ante las Juntas Electorales, las cuales se pueden encontrar su contacto en www.servel.cl/juntas-electorales/.

¿Cuáles son las excusas para no ser vocal de mesa?

- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

- Tener más de 60 años de edad.

- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.

- Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento. 

- Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Adicionalmente, se podrán acreditar las correspondientes excusas ante el Delegado del local el día del plebiscito, o ante el Juez de Policía Local si llegaran a ser citados con posterioridad. Acreditado los antecedentes, los delegados de local no podrán considerar para la instalación de las mesas a las personas que se encuentren en algunas de las situaciones mencionadas precedentemente.

¿Cuándo se publicará la lista de reemplazantes de vocales de mesa?

El sábado 20 de agosto de 2022, los Secretarios de Juntas Electorales publicaran las nóminas de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios.

Los vocales designados por las Juntas Electorales, ejercerán dicha función durante cuatro años, actuando en todos los actos eleccionarios o plebiscitarios que se verifiquen, hasta antes de la próxima elección ordinaria para la cual fueron designados.

Las personas que no concurran a desempeñar sus funciones, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal. Es por ello, que se realiza el llamado a revisar nuevamente si son vocales de mesa a partir del próximo sábado 20 de agosto.

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