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¿Te encuentras sin trabajo?: Si estás cesante conoce a qué beneficios puedes acceder

  • Por Mega.cl
¿Te encuentras sin trabajo?: Si estás cesante conoce a qué beneficios puedes acceder

El Estado entrega una serie de beneficios para que puedan optar las personas que están cesantes, con el fin de ayudar y compensar en estos momentos sin remuneración.

En este contexto, existen beneficios que se entregan para aquellos desempleados que tengan acreditados legalmente el fin de su relación laboral.

Para esto, lo primero es exigir el finiquito laboral debido a que es el principal documento que tiene validez para demostrar el término laboral. 

El segundo paso es que las personas deben dar aviso de que están cesantes a Fonasa o Isapre, dependiendo el caso.

¿Qué beneficios reciben las personas que están cesantes?

Seguro de Cesantía

Los trabajadores afiliados a las Administradoras de Fondos de Cesantía (AFC) tienen una cuenta individual de Cesantía (CIC) que acumula un dinero que puede ser retirado en momentos de desempleo.

El Seguro de Cesantía lo pueden recibir los trabajadores y trabajadoras dependientes con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio, que estén regidos por el Código del Trabajo.

Se entrega a través de giros mensuales según el porcentaje de remuneración, no obstante, se necesita tener ciertos requisitos y se debe realizar una solicitud.

Fondo de Cesantía Solidario

Los afiliados de las AFC que no tengan dinero suficiente en la CIC al momento de perder su trabajo, y quienes hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía, pueden acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Para recibir los pagos las personas deben estar cesantes, tener recursos insuficientes en su CIC, contar con 12 cotizaciones pagadas en el FCS en los últimos 24 meses anteriores al despido, y sus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.

Además, el contrato debe ser terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio; además de que el trabajador debe activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.

Subsidio de Cesantía

Las personas cesantes que no puedan acceder al Seguro de Cesantía, pueden optar al Subsidio de Cesantía, el cuál es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación, durante un período de hasta 360 días.

Este beneficio permite que las personas que estén cesantes reciban una ayuda económica mensual que da derecho a asistencia médica gratuita, recibir la Asignación Familiar y/o Maternal y Asignación por Muerte.

Cuenta de Ahorro de Indemnización

Los trabajadores que estén desempleados pueden cobrar una indemnización por término de contrato que contempla o sustituye la indemnización legal por años de servicio y a la cobertura del Seguro de Cesantía.

Este dinero se puede cobrar en la AFP, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo. Esta cuenta de indemnización sustitutiva es personal y totalmente independiente de la cuenta de capitalización individual y de la cuenta de ahorro voluntario.

Bolsa Nacional de Empleo

Las personas que están cesantes pueden utilizar la plataforma en línea de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), para buscar un nuevo trabajo.

La inscripción al sistema es gratis y se puede registrar cualquier persona mayor de edad. Algunos beneficios del Estado tienen como requerimiento estar inscrito en la BNE.

 

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