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Ley "Cholito": Cuáles son las multas que arriesgas desde este martes

  • Por Meganoticias

A partir de este martes 12 de febrero comienzan a regir las sanciones en el marco de la "Ley Cholito" para quienes aún no han realizado el registro de sus mascotas.

De acuerdo a la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, quienes desde hoy no tengan a su mascota inscrita en el registro nacional deberán pagar una multa. Las sanciones económicas van desde los 48 mil pesos, y pueden alcanzar el $1.450.000.

La normativa implica que gatos y perros deben ser inscritos en el registro nacional. Para ello cada animal de compañía debe contar con un microchip implantado bajo su piel, o bien contar con un sistema de identificación externo como un tatuaje, medalla, o collar.

Según la Ley, el microchip no es obligatorio, y existen otro métodos también válidos para registrar al animal. El dispositivo subcutáneo se recomienda ya que es la forma más segura para identificar a las mascotas en caso de extravío o robo.

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¿CÓMO OPERA LA LEY?

A partir de este martes los fiscalizadores municipales, carabineros u otro inspector están habilitados para realizar un control a quien pasee su perro y comprobar si el animal está registrado. Si no lo está, el dueño puede recibir una multa.

Desde el Gobierno aclaran que desde este 12 de febrero comienzan a cursarse las primeras multas, lo que no implica el cierre del Registro Nacional de Masacotas. Es decir, los animales de compañía pueden inscribirse cuando el dueño lo decida, pero en caso de no hacerlo, desde este martes se arriega una cuantiosa sanción económica.

La ley considera además el abandono como un acto de maltrato o crueldad animal. Si una entidad fiscalizadora constata un hecho de este tipo, una persona podría recibir como pena presidio y multa, además de inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales.

¿QUÉ OBLIGACIONES TIENE EL DUEÑO DE LA MASCOTA?

De acuerdo a información del sitio web Registra a tu Mascota, "toda persona que tenga una mascota o animal de compañía le debe entregar alimentación, manejos sanitarios, recoger y eliminar las heces. Además, es obligación mantenerlos dentro del domicilio, residencia o lugar destinado para su cuidado.

La normativa considera además que toda persona responsable de un animal de compañía deberá responder civilmente por los daños que éste ocasione.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

Quienes no cumplan con la Ley arriesgan el pago de 1 a 30 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), es decir de 48 mil pesos a poco más de un $1.450.000.

Si existe reincidencia, la persona podrá recibir hasta el doble de la multa. Incluso el juez podría determinar que se decomise o confisque el animal y éste llevado a un centro o sea entregado a otra persona, donde los costos que existiesen sobre los cuidados, alimentación y tratamiento serán a cargo del dueño.

Además, si existiese maltrato o crueldad animal, correspondería aplicar las sanciones del Código Penal (presidio y multa, además de la inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales).