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Registro de Mortinatos: Cómo opera la ley para inscribir hijos muertos antes de nacer

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este martes fue promulgada por el Presidente Sebastián Piñera la ley que crea Registro Nacional de Mortinatos, que permitirá a madres y padres sepultar con un nombre y apellido a un hijo que muere antes de nacer.

Según explicaron sus promotores, la iniciativa busca dar un trato más humano a quienes murieron durante la gestación, permitiendo que los padres puedan vivir de mejor forma el duelo.

¿Qué posibilita el Registro Nacional de Mortinatos?

El Registro Nacional de Mortinatos permite que la madre, o a quien autorice, puede inscribir, de forma voluntaria, a los hijos que han fallecido en el proceso de gestación.

Este registro permitirá la individualización con nombre y apellido, sexo y el nombre de los padres.

¿Cuándo se puede hacer la inscripción?

Esto La inscripción del hijo fallecido en gestación podrá realizarse en cualquier momento posterior a la muerte. Además podrá aplicarse de manera retroactiva en aquellos casos ocurridos antes de su entrada en vigencia.

¿Qué requisitos tiene la inscripción?

Para la inscripción sólo se requiere presentar cualquier documentación extendida por un profesional de la salud que acredite la muerte fetal.

Asimismo, aunque no se cuente con dicho certificado, se procederá a la inscripción si se acredita la existencia del mortinato con otro documento de un profesional de salud o una declaración simple ante el Registro Civil.