En el capítulo de Misión Encubierta se da a conocer un antecedente que debes tener en cuenta al momento de buscar un centro de este tipo: en los hogares protegidos no puede haber más de 8 pacientes.

Según la última norma técnica establecida por el Ministerio de Salud, en octubre del año 2000, se entiende por Hogar Protegido “una instancia residencial alternativa, para personas con discapacidad de causa psíquica que no tienen las habilidades para vivir en forma independiente y no cuentan con el apoyo de sus familias”.

Pero, ¿cuál es el rol del cuidador según la norma técnica? Acá te presentamos qué funciones deberían cumplir:

-Observación activa de los residentes.

-Estimulación para desarrollo de conductas.

-Asistencia directa en aquellas áreas de mayor discapacidad de los residentes.

-Velar por la seguridad de los residentes en el Hogar responsabilizándose, entre otros, de que las reparaciones necesarias sean hechas oportunamente.

-Reconocimiento del entorno comunitario.

-Contacto con instancias o personas de acuerdo a los intereses y necesidades de los residentes.

[¿QUÉ SON LAS RESIDENCIAS PROTEGIDAS Y QUÉ NORMAS DEBEN CUMPLIR?]

Además, de acuerdo a la misma norma técnica los administradores deberían cumplir con las siguientes funciones:

-Firma de convenios con las instancias respectivas, en los cuales se especifican las responsabilidades administrativas.

-Asistencia a reuniones de coordinación técnica.

-Recepción de fondos.

-Control de gastos de acuerdo a ítems pre-establecidos.

-Procurar lugares de residencia y equipamiento de las viviendas, resguardando los requisitos básicos de seguridad establecidos en la legislación de vivienda y seguridad vigente.

-Mantención de la casa-habitación.

-Cautelar el buen uso de los bienes adquiridos de acuerdo con los fines establecidos en los convenios.

-Contratación de cuidadores, responsabilizándose tanto de su idoneidad como de los aspectos contractuales y legales.

-Procurar apoyo, supervisión y capacitación a los cuidadores contratados.